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 #1127310  por Daniela1974
 
Estimados:
Me interesaría saber su opinión acerca de un caso en particular.
A través del plan universitario una madre compra a su hijo un auto a través de un plan ahorro el cual tiene la particularidad de contar con dos seguros uno si sos monotributista o autonomo y te quedas sin ingresos y el otro un seguro por fallecimiento.
El chico pagaba las cuotas del plan ( no contaba con ingresos, solo estudia) con una extensión de la tarjeta de credito de su madre lo cual consta en los resúmenes correspondientes. La madre fallece.La pregunta es la siguiente:
Corresponderia la cobertura del seguro por fallecimiento basandome en el art 733 del CC ( el cual el deudor , la madre en este caso, reconocio implicitamente estar obligada al cumplimiento de una prestacion al no impugnar los pagos realizados por el hijo con su tarjeta de crédito, sabiendo que es responsable por ello?Asimismo el art 734 CC habla del reconocimiento y promesa autonoma y el art 895 CC que el pago puede ser probado con cualquier medio de prueba (resumen)
En sintesis, con los hechos puntuales de este caso, no puede considerarse que el obligado al pago era su madre ya que el hijo no tenia ingresos y pagaba las cuotas de la extension de la trajeta de su progenitora? Los papeles todos inclusive los del seguro fueron firmados por el hijo.
Por otro lado, si el primer caso no es viable podria hacer valer el otro seguro, haciendo extensible la cobertura del seguro por desempleo al hijo que provisoriamente no cuenta con recursos? Voy a preparar una presentacion con estos lineamientos me gustaria saber la opinion de otros colegas y si quizas tienen otro aporte legal o jurisprudencial para brindarme.

Agradezco sus respuestas.
Saludos cordiales