Hola gente, les comento:
Contrato (verbal) vencido, se intima el pago de alquileres adeudados luego del vencimiento. Se pide la devolución del inmueble. Luego pasan varios meses.
Quiero iniciar la ejecución de alquileres. Los alquileres entre el vencimiento del contrato y la resolución del mismo irían por vía ejecutiva. Los posteriores a la resolución del contrato irían por ordinario, ya que es retención indebida, y no se persigue el cobro de alquileres, sino una indemnización.
¿Puedo obviar el juicio ejecutivo y reclamar todo en el ordinario? Si inicio el ejecutivo el reclamo es por solo 2 meses.
Gracias,
Lau
Contrato (verbal) vencido, se intima el pago de alquileres adeudados luego del vencimiento. Se pide la devolución del inmueble. Luego pasan varios meses.
Quiero iniciar la ejecución de alquileres. Los alquileres entre el vencimiento del contrato y la resolución del mismo irían por vía ejecutiva. Los posteriores a la resolución del contrato irían por ordinario, ya que es retención indebida, y no se persigue el cobro de alquileres, sino una indemnización.
¿Puedo obviar el juicio ejecutivo y reclamar todo en el ordinario? Si inicio el ejecutivo el reclamo es por solo 2 meses.
Gracias,
Lau
