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  • PLAZO CONTESTACION OFICIO INFORMES LABORAL

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 #1130377  por Gabydoc
 
Buenas tarde, una consulta entre en la duda si el plazo para contestar oficios de informes laboral en capital es el del art 84 ley 18345 ( VEINTE (20) días hábiles si se trata de oficinas públicas y de DIEZ (10) días hábiles cuando se solicitare a entidades privadas) o el del 398 CPCCN (Las oficinas públicas y las entidades privadas deberán contestar el pedido de informes o remitir el expediente dentro de los diez días hábiles) Diligencie en fecha 16/2 y si corre para la contestacion el plazo del art 84 tengo que reiterarlo y acreditarlo en el plazo de 5 dias.
Muchas gracias!
 #1130422  por flux
 
Primero, fijate que dice el despacho del juez, algunos aplican el CPCC expresamente y ya no la 18.345. En ese caso es ese

En caso de que no diga nada, es el de la 18.345 por ser la ley especifica del tipo de fuero por sobre la general del CPCC

Pero, en todo caso, ante la duda, y el peligro de una caducidad, para no discutir luego, metelo luego de los 10 dias de vencido por si las moscas..., lo peor que te pueden decir es que el plazo aun no fue vencido, pero nada mas
 #1131512  por Gabydoc
 
flux escribió:Primero, fijate que dice el despacho del juez, algunos aplican el CPCC expresamente y ya no la 18.345. En ese caso es ese

En caso de que no diga nada, es el de la 18.345 por ser la ley especifica del tipo de fuero por sobre la general del CPCC

Pero, en todo caso, ante la duda, y el peligro de una caducidad, para no discutir luego, metelo luego de los 10 dias de vencido por si las moscas..., lo peor que te pueden decir es que el plazo aun no fue vencido, pero nada mas



Muchas gracias Flux, efectivamente el auto de apertura dice: "El libramiento se ordena en los términos y condiciones establecidos en el art. 84 de la ley 18.345 (texto según ley 24.635)".... Así que estaba de mas mis consulta :D Nervios de principiante