Hola estimados colegas!! A mi estudio vino un cliente diciendo que, hace 3 años hizo una denuncia por amenazas a razón de haberse hecho presente en su domicilio 3 empleados de una empresa reconocida y vendedora de objetos varios, buscando a quien fuera inquilino del inmueble que adquirieron actualmente. Uno de esos empleados tras enfrentar y amenazar a mi cliente al requerirle sus datos para certificar si efectivamente eran o no dependientes de esa empresa que buscaban al moroso; nunca se identifico, procedió luego por abordar el vehículo de la firma continuando con sus amenazas retirándose como si nada con los otras dos personas, radicando la denuncia en la comisaria de su barrio.El cliente dice que hace algunos meses lo notificaron del art. 268 inc, 4to. (archivo de la IPP) hasta que se sumen otros elementos, siendo por el momento único testigo la esposa de mi cliente quienes desean ahora obtener una indemnización a consecuencia de ese mal momento vivido. Mi pregunta es entonces:
1-Me presento en UFI y pto oficio: sta des-archive el exp. para ver su estado?
2-Con certificación del exp. existente en la UFI, me presento ante la empresa y entero del reclamo de mi cliente o procedo ante el fuero civil?
Si voy mal en todo pido disculpas, es el primer cliente y estaré mas que agradecido por la ayuda u orientación que me puedan brindar, recientemente egresado como abogado. Saludos
1-Me presento en UFI y pto oficio: sta des-archive el exp. para ver su estado?
2-Con certificación del exp. existente en la UFI, me presento ante la empresa y entero del reclamo de mi cliente o procedo ante el fuero civil?
Si voy mal en todo pido disculpas, es el primer cliente y estaré mas que agradecido por la ayuda u orientación que me puedan brindar, recientemente egresado como abogado. Saludos