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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1147239  por jorge7171
 
Buenos días soy nuevo en la profesión e incurrí en un error ( verdaderamente involuntario), presente una demanda por domicilio de demandado y según el nuevo código debería presentarla por domicilio de las menores en cuestión ya que es demanda por alimentos. la jueza se excepciono por jurisdicción y me notifica que debo presentarlo en la otra . Lo que no entiendo es que me pide que notifique el proveído . pero a quien y como sigo ya que tendré que iniciar todo de nuevo en la otra jurisdicción ( Lanus) que son nuevos o llevo el expediente completo que tengo iniciado en Lomas. Gracias por la ayuda.
 #1147261  por Tiburcio
 
No es error tuyo sino de la jueza. La competencia en razón del domicilio es prorrogable aún tácitamente y no es de orden público. El actor elige dónde demandar y el demandado puede aceptar dónde litigar. El único que podría excepcionarse es el demandado.
Fijate la protección de las menores de edad que está haciendo esa bruta, obligándote a perder tiempo y a enfrentarte con una posible inhibitoria del otro juez.
De todas maneras, tenés que evaluar si lo aceptás o no y ver qué es lo que creés mejor para tu cliente.
Si decidís aceptarlo, el "notifíquese" es para tu parte.
Basta con darte por notificado y pedir el pase al juez que la jueza indica como competente.