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  • ULTIMO DOMICILIO DEL CAUSANTE

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 #113349  por Soledixiada
 
Hola a todos. Me gustaria ver a ver que opinan sobre este caso.
>Resulta ser que muere una señora en San Isidro, sola y al cuidado de su empleada domestica y su marido, desde hace 25 años. Obviamente ya han aparecido herederos. Ahora bien, esta gente que la cuido toda su vida, los cuales tienen vivienda propia, se han hecho cargo de los gastos de una de las propiedades, lugar donde fallecio la señora. Todo el resto de las propiedades son administradas por una abogada de la difunta.
Ahora bien, mis clientes, que son los que la cuidaban, me han contactado para gestionar el cobro de su indemnizacion por muerte del empleador y asimismo para que se les devuelva todo lo que llevan gastado en el inmueble desde la muerte de la señora, entre ello los gastos del sepelio y todos los servicios de la propiedad.
Ahora bien, la abogada que les mencionaba ha iniciado la sucesiòn en San Isidro, donde falleciò la Señora. Pero, esta señora tenia su domicilio legal, es decir el del DNI en Capital Federal. Entiendo que este es el verdadero domicilio del causante. Es de mi interes presentar a esta gente como acreedores de la sucesiòn pero quiero que sea en Capital Federal. En este caso tambien atrae al juicio laboral? Les parece que procedera una declinatoria?
Ahora bien, otro tema es, que inconveniente puede traerme esto, cuando la prestaciòn de trabajo se realizo durnte los ultimos 25 años en la propiedad de san isidro, donde fallecio la señora, pero el domicilio de la persona fue siempre en capital?
desde ya quedo muy agradecida de cualquier comentario, opinion o sugerencia que puedan hacerme
Soledad

 #113643  por diegogvillamayor
 
hola como estas, el codigo es claro la sucesion tramita en EL ULTIMO DOMICILIO DEL CAUSANTE. no importa lo que diga el dni sino lo que diga el certificado de defuncion.
tiene a menos que prorroguen la jurisdiccion en san isidro.

 #113678  por Soledixiada
 
Entiendo que el ultimo domicilio del causante es el legal, y no el real q es el que refleja la partida de defuncion. Así lo establece el arft 90 inciso 7 del Cod Civ.

 #113685  por diegogvillamayor
 
hola como estas, siempre se toma en cuenta el lugar donde vivia el causante no el domicilio que fija el dni.
Se toma en cuenta el domiclio que se puso en el cetificado de defuncion. De ahi surge la competencia.
vos preguntas uno te responde nada mas, si queres pelear tu postura hacelo. No tiene sentido.

saludos

 #113723  por Soledixiada
 
Imaginate que si posteo un caso no es para pelear, sino justamente para escuchar opiniones. Agradezco la tuya

 #113747  por diegogvillamayor
 
me entendiste mal no quise poner pelearte aca con foristas sino pelear tu postura en tribunales.

saludos

 #113768  por Soledixiada
 
Todo bien! En realidad mi duda surge de que el domicilio legal art 90, no admite prueba en contario, y es alli donde entiendo se deba inciar la sucesión. Por tanto el domicilio estatuido en la partida de defunción no tendria fuerza contra el domicilio legal. En realidad lo haria por un tema de comodidad de que tramite en capital, pero me parece que va a ser mas lio que otra cosa, mas cuando mis representados no son herederos sino acreedores.
Gracias!

 #114092  por andreis28
 
tal como dice el colega el domicilio que determina la competencia es el que surge de la partida de defuncion y no el que figura en el DNI que por otro lado una vez que hay un causante deja de haber DNI y la unica documentacion es la partida de defuncion, yo trabaje en el tribunales y lo primero que se mira es esa coincidencia!. Asi que para ahorra tiempo yo diria que no insistas demasiado con lo del domicilio legal, es para dilatar. -espero te sirva.
saludos

 #114159  por Sailaw
 
Bueno, no es tanto así, imaginen el caso de un turista que se muere en Salta, la partida de defunción puede tener el domicilio del hotel donde se alojaba, (cosas raras veréis).

Se puede probar sumariamente que el domicilio era en otro lugar distinto al de la partida de defunción, y el tràmite serà donde era el domicilio correcto.

 #114615  por mafeci11
 
en el caso del supuetso turista que estaba en salta, se puede decir que murio ocasioanlemnte en salta por estar alli veraneadno pero que el domicilio real del causante lo era enXX y se acompañan dos testigos que pudieran acreditar donde vice realmente. Producida esta prueba continua la sucesion sin inconveniente alguno de lo que consta en el certificado de defuncion

 #114648  por Sailaw
 
Macefi, y yo que dije?
 #114755  por liz
 
COMO DICEN LOS COLEGAS, LA JURISDICCION ESTA DADA POR EL DOMICILIO QUE FIGURA EN LA PARTIDA DE DEFUNCION.

TENGO UNA SUCESION QUE ERA DE PROVINCIA PERO EL CAUSANTE TENIA UNA PROPIEDAD EN CAPITAL Y PELEÉ POR HACER LA SUCESION EN CAPITAL Y ME SALIÓ BIEN PERO ME PIDIERON DE TODO.
LO QUE PESO MAS FINALMENTE FUE QUE LA UNICA HEREDERA VENDERIA LA PROPIEDAD DE CAPITAL POR TRACTO ABREVIADO. DIJE QUE EL CAUSANTE Y SU ESPOSA VIVIAN EN CAPITAL PERO QUE NUNCA HABIAN HECHO EL CAMBIO DE DOMICILIO CORRESPONDIENTE. ME PIDIERON RENTAS A SU NOMBRE.
O SEA, PODES INTENTARLO.
SUERTE