Estimados. Luego de usar el buscador, no encontré otro/a con el mismo problema.
La cuestión es que se está intentando enviar un telegrama para solicitar el pago de sueldos adeudados y regularización de la situación laboral. Es a una casa particular.
Se envió el telegrama por correo argentino y rebotó. Me mencionaron la posibilidad de hacer un reclamo por atención al cliente donde en teoría envían personal de otra sucursal a constatar el domicilio además de luego responderme por qué motivo rebotó y no tan solo tildar el casillero de dirección inexistente. Me adelantaron que probablemente no este el número de catastro en la puerta.
La realidad es que vi el domicilio y el numero catastral esta y es totalmente legible.
Entonces... Supongamos que hay alguna cuestión entre el cartero y el destinatario.
Es válido si envio el telegrama por otro servicio? Por ejemplo OCA? La ley que regula la cuestión nada dice respecto de que se deba hacer inexorablemente por CArg.
Y algo más, hay inconveniente si envio a la vez el mismo telegrama desde OTRA sucursal de CArg. ? Es decir en el mejor de los casos le va a llegar por oca y por la nueva sucursal del CArg, puede contestar a cualquier de las dos y listo o hay algún conflicto si se envía por empresas distintas?
Aguardo por sus respuestas.
La cuestión es que se está intentando enviar un telegrama para solicitar el pago de sueldos adeudados y regularización de la situación laboral. Es a una casa particular.
Se envió el telegrama por correo argentino y rebotó. Me mencionaron la posibilidad de hacer un reclamo por atención al cliente donde en teoría envían personal de otra sucursal a constatar el domicilio además de luego responderme por qué motivo rebotó y no tan solo tildar el casillero de dirección inexistente. Me adelantaron que probablemente no este el número de catastro en la puerta.
La realidad es que vi el domicilio y el numero catastral esta y es totalmente legible.
Entonces... Supongamos que hay alguna cuestión entre el cartero y el destinatario.
Es válido si envio el telegrama por otro servicio? Por ejemplo OCA? La ley que regula la cuestión nada dice respecto de que se deba hacer inexorablemente por CArg.
Y algo más, hay inconveniente si envio a la vez el mismo telegrama desde OTRA sucursal de CArg. ? Es decir en el mejor de los casos le va a llegar por oca y por la nueva sucursal del CArg, puede contestar a cualquier de las dos y listo o hay algún conflicto si se envía por empresas distintas?
Aguardo por sus respuestas.