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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #1158327  por ContadorLJD
 
Asi es... lamentablemente...

Somos muy pasivos los contribuyentes...

Otro ejemplo desproporcionado es el control de ruta de Misiones que en realidad es una ADUANA!!

Imaginate una empresa de mediana evergadura que vende y compra en todo el país, tiene 24 régimenes de retenciones y percepciones provinciales sin contar los régimenes nacionales y municipales....
Tiene que tener un departamento dedicado a eso... Y quién paga estos sueldos???

me fui por las ramas.... pero era necesario descargarme...

Gracias.
Saludos.
 #1158625  por alejandra01
 
hola contadorLD...si ejerciendo actividad judicial en provincia, nos pagan los honorarios en capital federal, y la factura la hacemos con ese lugar y fecha...esa factura no tributaría verdad?.
ContadorLJD escribió:Por PBA me refiero que la cia de seguros tambien sea agente de retencion en PBA. Y esto es independientemente de dónde es el domicilio de pago.
Te retienen a vos por ser contribuyente de PBA.
Aunque fueras solamente de ARBA, también era procedente la retención.
 #1158638  por ContadorLJD
 
Si sos CM con sede 902, deberás tributar el 20% de lo facturado a Bs As.
En cambio si sos CM sede 901, el 100% va a CABA y no tributás.

Todo depende de cómo estás inscripta en CM.

Saludos.
 #1158988  por drademocracy
 
alejandra01 escribió:hola contadorLD...si ejerciendo actividad judicial en provincia, nos pagan los honorarios en capital federal, y la factura la hacemos con ese lugar y fecha...esa factura no tributaría verdad?.
ContadorLJD escribió:Por PBA me refiero que la cia de seguros tambien sea agente de retencion en PBA. Y esto es independientemente de dónde es el domicilio de pago.
Te retienen a vos por ser contribuyente de PBA.
Aunque fueras solamente de ARBA, también era procedente la retención.
Mi caso fue así y me retuvieron el 3,5% del total..así que no te confíes porque si son agentes de retención en provincia de buenos aires te van a retener el 3,5% del total...
 #1159631  por alejandra01
 
gracias....
drademocracy escribió:
alejandra01 escribió:hola contadorLD...si ejerciendo actividad judicial en provincia, nos pagan los honorarios en capital federal, y la factura la hacemos con ese lugar y fecha...esa factura no tributaría verdad?.
ContadorLJD escribió:Por PBA me refiero que la cia de seguros tambien sea agente de retencion en PBA. Y esto es independientemente de dónde es el domicilio de pago.
Te retienen a vos por ser contribuyente de PBA.
Aunque fueras solamente de ARBA, también era procedente la retención.
Mi caso fue así y me retuvieron el 3,5% del total..así que no te confíes porque si son agentes de retención en provincia de buenos aires te van a retener el 3,5% del total...