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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1162573  por fernandez rocio
 
hola colegas perdón con respecto a los honorarios en provincia de buenos aires , me presente en un expediente donde ya estaba trabada la Litis , ahora esta semana tenemos audiencia de conciliación , a mi cliente cuanto le tengo que cobrar? porque por supuesto hay que abonarle a los letrados anteriores, o solo le cobro 20% al empleador ( hablando de mis honorarios)como se manejan estos casos lei la ley de honorarios, pero nada dice ....gracias
 #1162792  por dhabogada
 
buen dia!
yo siempre el 20 %
 #1162800  por fernandez rocio
 
gracias por tu respuesta. pero me parece que no se cobra el 20% en esta ocasion yo solo fui a la audiencia de conciliación.
un colega me dijo que aunque me presente después al empleador debo cobrarle el %20(solo fui a la audiencia de conciliación y la pedi yo la audiencia). espero alguna otra opiniion
 #1162840  por DRA. MACA
 
Coincido con la colega, el 20%.

No regales el trabajo.

Los demás abogados, que se arreglen ellos para cobrar sus honorarios.
 #1163953  por adessoma
 
fernandez rocio escribió:ahora esta semana tenemos audiencia de conciliación , a mi cliente cuanto le tengo que cobrar?
Nada. No cumpliste con la carga prevista en el art. 277, 1er. párrafo, in fine, de la LCT.
Por otro lado, al tener audiencia de conciliación ya habrá desaparecido el álea, por lo que cualquier pacto es extemporáneo y ya no podrá ser homologado.
Saludos.