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 #1162642  por Quelo1981
 
Estimados, es mi primer caso laboral en provincia de bs as, y me surge la siguiente duda de principiante..: Para que absuelva posiciones en la vista de causa yo debo notificar a mi parte o a la parte contraria ? (yo estoy por la actora) ?? Muchas gracias !
 #1163212  por eltam88
 
Como te dice Andrés...Agrego que en la cédula se transcribe el artículo 34 ley 11.653...Se notifica al real si es persona física la demandada, si es persona jurídica y designó absolvente al domicilio que te indiquen siempre que esté dentro del radio del Tribunal, si no va al social si está dentro del radio del Tribunal y si no es así al constituido...