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  • Abuso de Ius Variandi por cambio laboral?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1164466  por DrPerales
 
Ante todo, gracias por el espacio para hacer la consulta, y por el esmero y detalle de esta comunidad en dedicar tiempo a ayudar a otros en temas legales.

Dicho esto, paso a consultarles por mi situacion, para intentar entender, si estoy en condiciones de plantear que existe un abuso de ius variandi por el cambio de lugar de trabajo, y considerar un despido indirecto.

La empresa para la cual trabajo, se mudara proximamente desde microncentro a puerto madero, que si bien, distan geograficamente solo 2km, revisando mi situacion, detecto los siguientes perjuicios:

1)Por vivir en provincia, entre las formas que tengo para llegar al nuevo lugar, estaria necesitando 30minutos adicionales por dia
2)La nueva zona tiene una oferta de comidas mas cara
3)Practico entrenamiento en el gimnasio hace varios años, y de continuarlo en la nueva zona, el valor de la mensualidad se iria al doble
4)Dejaria de poder reunirme al mediodia con amigos que trabajan por la zona que habitualmente nos juntamos
5)La decision por parte de la empresa fue unilateral, y sin espacio a charlar como se podrian compensar estas variaciones


Leyendo diferentes fallos, encontre que la mayoria apoyan al empleado mientras este alegue la existencia de perjuicios en la alteracion del contrato original al momento de la contratacion.

Quice tambien buscar unanimidad en cuanto al comunmente mencionado "radio de 30 kilometros" pero solo encontre que esto es aplicado taxativamente a ciertos CCT para vigiladores o repositores.

Yo trabajo en la empresa hace 4 años y lo cierto es que si la empresa hubiera estado ahí desde un principio, no hubiera aceptado la oferta de trabajar para ellos.

Nuevamente agradezco cualquier orientacion, y desde ya que si necesitan mas informacion, solo tienen que pedirla

Muchas gracias por su tiempo
 #1164482  por caro4457
 
Otro más!!!! este espacio no es para hacer consultas de clientes a abogados !!!! BASTAAAA!!!! Para algo estudiamos no para que nos hagan consultas por paginas de emails. Anda al estudio de un colega, flaco deja de preguntar gratis, acaso cuando vas al médico al arquitecto te responden gratis.
 #1164499  por DrPerales
 
caro4457 escribió:Otro más!!!! este espacio no es para hacer consultas de clientes a abogados !!!! BASTAAAA!!!! Para algo estudiamos no para que nos hagan consultas por paginas de emails. Anda al estudio de un colega, flaco deja de preguntar gratis, acaso cuando vas al médico al arquitecto te responden gratis.

Hola Caro, gracias por tu aporte.

No es mi objetivo dejar sin trabajo a nadie, y mucho menos resolverlo yo solo.

Lo unico que busco es referencia para entender si tengo los elementos suficiente como para inciar el reclamo, obviamente con un letrado.

Saludos,
 #1164503  por caro4457
 
Yo no te estoy diciendo que queres dejar sin trabajo a nadie, lee bien, pero tenes miles de profesionales donde consultar en vez de venir a un foro donde solamente tendrían que estar permitidos profesionales y/o estudiantes del derecho, para obtener una orientación anda a un estudio de abogados y consulta ahiiiiiii
 #1164522  por JorgeLAI
 
Estimado Dr.Perales, tal como le comentó la colega, este es un foro de interconsultas entre profesionales. Le invito cordialmente a dirigirse a su abogado de confianza quien le evacuará todas sus dudas y a quien podrá darle todos los detalles del caso. Habitualmente los abogados laboralistas no cobramos la primer consulta a un trabajador por lo que, creo, no debería preocuparse por ese punto. Saludos.
 #1164529  por DRA. MACA
 
DrPerales escribió:Ante todo, gracias por el espacio para hacer la consulta, y por el esmero y detalle de esta comunidad en dedicar tiempo a ayudar a otros en temas legales.

Dicho esto, paso a consultarles por mi situacion, para intentar entender, si estoy en condiciones de plantear que existe un abuso de ius variandi por el cambio de lugar de trabajo, y considerar un despido indirecto.

La empresa para la cual trabajo, se mudara proximamente desde microncentro a puerto madero, que si bien, distan geograficamente solo 2km, revisando mi situacion, detecto los siguientes perjuicios:

1)Por vivir en provincia, entre las formas que tengo para llegar al nuevo lugar, estaria necesitando 30minutos adicionales por dia
2)La nueva zona tiene una oferta de comidas mas cara
3)Practico entrenamiento en el gimnasio hace varios años, y de continuarlo en la nueva zona, el valor de la mensualidad se iria al doble
4)Dejaria de poder reunirme al mediodia con amigos que trabajan por la zona que habitualmente nos juntamos
5)La decision por parte de la empresa fue unilateral, y sin espacio a charlar como se podrian compensar estas variaciones


Leyendo diferentes fallos, encontre que la mayoria apoyan al empleado mientras este alegue la existencia de perjuicios en la alteracion del contrato original al momento de la contratacion.

Quice tambien buscar unanimidad en cuanto al comunmente mencionado "radio de 30 kilometros" pero solo encontre que esto es aplicado taxativamente a ciertos CCT para vigiladores o repositores.

Yo trabajo en la empresa hace 4 años y lo cierto es que si la empresa hubiera estado ahí desde un principio, no hubiera aceptado la oferta de trabajar para ellos.

Nuevamente agradezco cualquier orientacion, y desde ya que si necesitan mas informacion, solo tienen que pedirla

Muchas gracias por su tiempo
No es procedente reclamo alguno. Lo mas prudente es que concurra a un abogado, y no intente buscar soluciones o argumentos en internet, mal puede hacerse llamar dr. si no es abogado.
 #1164544  por ccolalongo
 
Tal cual dice la DRA. MACA no es procedente ningun reclamo, es más leyendo el relato hasta parece una burla.
DRA. MACA escribió:
DrPerales escribió:Ante todo, gracias por el espacio para hacer la consulta, y por el esmero y detalle de esta comunidad en dedicar tiempo a ayudar a otros en temas legales.

Dicho esto, paso a consultarles por mi situacion, para intentar entender, si estoy en condiciones de plantear que existe un abuso de ius variandi por el cambio de lugar de trabajo, y considerar un despido indirecto.

La empresa para la cual trabajo, se mudara proximamente desde microncentro a puerto madero, que si bien, distan geograficamente solo 2km, revisando mi situacion, detecto los siguientes perjuicios:

1)Por vivir en provincia, entre las formas que tengo para llegar al nuevo lugar, estaria necesitando 30minutos adicionales por dia
2)La nueva zona tiene una oferta de comidas mas cara
3)Practico entrenamiento en el gimnasio hace varios años, y de continuarlo en la nueva zona, el valor de la mensualidad se iria al doble
4)Dejaria de poder reunirme al mediodia con amigos que trabajan por la zona que habitualmente nos juntamos
5)La decision por parte de la empresa fue unilateral, y sin espacio a charlar como se podrian compensar estas variaciones


Leyendo diferentes fallos, encontre que la mayoria apoyan al empleado mientras este alegue la existencia de perjuicios en la alteracion del contrato original al momento de la contratacion.

Quice tambien buscar unanimidad en cuanto al comunmente mencionado "radio de 30 kilometros" pero solo encontre que esto es aplicado taxativamente a ciertos CCT para vigiladores o repositores.

Yo trabajo en la empresa hace 4 años y lo cierto es que si la empresa hubiera estado ahí desde un principio, no hubiera aceptado la oferta de trabajar para ellos.

Nuevamente agradezco cualquier orientacion, y desde ya que si necesitan mas informacion, solo tienen que pedirla

Muchas gracias por su tiempo
No es procedente reclamo alguno. Lo mas prudente es que concurra a un abogado, y no intente buscar soluciones o argumentos en internet, mal puede hacerse llamar dr. si no es abogado.
 #1164548  por DrPerales
 
ccolalongo escribió:Tal cual dice la DRA. MACA no es procedente ningun reclamo, es más leyendo el relato hasta parece una burla.
DRA. MACA escribió:
DrPerales escribió:Ante todo, gracias por el espacio para hacer la consulta, y por el esmero y detalle de esta comunidad en dedicar tiempo a ayudar a otros en temas legales.

Dicho esto, paso a consultarles por mi situacion, para intentar entender, si estoy en condiciones de plantear que existe un abuso de ius variandi por el cambio de lugar de trabajo, y considerar un despido indirecto.

La empresa para la cual trabajo, se mudara proximamente desde microncentro a puerto madero, que si bien, distan geograficamente solo 2km, revisando mi situacion, detecto los siguientes perjuicios:

1)Por vivir en provincia, entre las formas que tengo para llegar al nuevo lugar, estaria necesitando 30minutos adicionales por dia
2)La nueva zona tiene una oferta de comidas mas cara
3)Practico entrenamiento en el gimnasio hace varios años, y de continuarlo en la nueva zona, el valor de la mensualidad se iria al doble
4)Dejaria de poder reunirme al mediodia con amigos que trabajan por la zona que habitualmente nos juntamos
5)La decision por parte de la empresa fue unilateral, y sin espacio a charlar como se podrian compensar estas variaciones


Leyendo diferentes fallos, encontre que la mayoria apoyan al empleado mientras este alegue la existencia de perjuicios en la alteracion del contrato original al momento de la contratacion.

Quice tambien buscar unanimidad en cuanto al comunmente mencionado "radio de 30 kilometros" pero solo encontre que esto es aplicado taxativamente a ciertos CCT para vigiladores o repositores.

Yo trabajo en la empresa hace 4 años y lo cierto es que si la empresa hubiera estado ahí desde un principio, no hubiera aceptado la oferta de trabajar para ellos.

Nuevamente agradezco cualquier orientacion, y desde ya que si necesitan mas informacion, solo tienen que pedirla

Muchas gracias por su tiempo
No es procedente reclamo alguno. Lo mas prudente es que concurra a un abogado, y no intente buscar soluciones o argumentos en internet, mal puede hacerse llamar dr. si no es abogado.
Agradeciendo, saludando, y pidiendo por favor, no entiendo porque puede interpretarse como una burla.

Simplemente mi intencion es recaudar cuanta opinion pueda (siempre con fundamentos) para analizar con que herramientas cuento (de abogados y de no abogados, este es un foro abierto)

Por ejemplo, encontre estos fallos dignos de analizar, que opinan?

Saludos,

"Cuando “la empresa dispuso el traslado de la trabajadora a un lugar distante a
15 minutos de viaje del anterior, que le demandaba usar dos medios de
transporte,
en vez de uno, con la consiguiente demora en el trasbordo y
aumento de gastos de pasajes”.7"

Noriega, Irma c/ Organización Alfa S.R.L. s/ despido.22/03/89 64630. Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Sala II

Repárese, no se trata del mero traslado en la ciudad de Corrientes, en los
hechos ello implica aumentar la duración de la jornada, toda vez que… el
tiempo que insume el traslado que es de 20 minutos…sin duda altera el descanso
del trabajador al par que la vida familiar
, incluso económicamente lo perjudica..."

"Villalba Ruben Adgardo C/ Mutal Alejandro Raul Y/O Perfumería Centro Y/O quien resulte responsables S/ Despido, etc."",
Expte. Nº 325/2000, SENTENCIA Nº 106. 22/12/20002 Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones del Trabajo,
Resistencia, Capital de la Provincia del Chaco"

“El art. 66 de la LCT no exige que el trabajador "acredite" y menos aún "en
forma fehaciente" el perjuicio que le pudiera causar el ejercicio del "ius
variandi",
pues basta que ofrezca la posibilidad de que sea razonablemente
apreciado por el empleador."

"Delgado, Gilda c/ Los Soles Internacional SA s/despido 26/09/06. 94494. (12737/04. CAMARA NACIONAL DE
APELACIONES DEL TRABAJO. "

“Cabe señalar que el principio de indemnidad no se encuentra orientado
exclusivamente al aspecto material, sino también al aspecto moral"

HERNANDEZ BOBBIO DE LAURINO, Isabel c/ CONSORCIO COPROPIETARIOS EDIFICIO EMILIO MITRE 1040/44

El cambio de lugar de trabajo no se encuentra dentro de las
posibilidades del ius variandi. … analizar si el cambio daña o no al
trabajador es irrelevante.
”47 Con lo cual, no seria preciso tampoco probar el perjuicio
ocasionado.
Como bien se dijo en el caso Ibarra: “... el trabajador es el dueño de su tiempo libre"

"Espinoza, Graciela c/ Can Car S.A. s/ despido. 31/05/94. 40541/94 Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Sala VI. Del
voto del Dr. Capón Filas, en mayoría."


"El cambio arbitrario y unilateral del lugar de trabajo, autoriza al trabajador a
considerarse despedido
y da derecho a cobrar la indemnización pertinente, incluso de
puro derecho, sin probar daño alguno. "

"7 C.N.A.T., Sala II, 30-9-1974, L.T. XXII, 1098. ""Si falta la razonabilidad, es decir la justificación razonable de la medida, no es
necesario demostrar la existencia de un perjuicio”."
 #1164555  por ccolalongo
 
Inicia la demanda a ver como te va, como está la situación económica, el plano laboral y con apenás cuatro años de antiguedad saca números pero no te vas a hacer millonario.


Agradeciendo, saludando, y pidiendo por favor, no entiendo porque puede interpretarse como una burla.

Simplemente mi intencion es recaudar cuanta opinion pueda (siempre con fundamentos) para analizar con que herramientas cuento (de abogados y de no abogados, este es un foro abierto)

Por ejemplo, encontre estos fallos dignos de analizar, que opinan?

Saludos,

"Cuando “la empresa dispuso el traslado de la trabajadora a un lugar distante a
15 minutos de viaje del anterior, que le demandaba usar dos medios de
transporte,
en vez de uno, con la consiguiente demora en el trasbordo y
aumento de gastos de pasajes”.7"

Noriega, Irma c/ Organización Alfa S.R.L. s/ despido.22/03/89 64630. Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Sala II

Repárese, no se trata del mero traslado en la ciudad de Corrientes, en los
hechos ello implica aumentar la duración de la jornada, toda vez que… el
tiempo que insume el traslado que es de 20 minutos…sin duda altera el descanso
del trabajador al par que la vida familiar
, incluso económicamente lo perjudica..."

"Villalba Ruben Adgardo C/ Mutal Alejandro Raul Y/O Perfumería Centro Y/O quien resulte responsables S/ Despido, etc."",
Expte. Nº 325/2000, SENTENCIA Nº 106. 22/12/20002 Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones del Trabajo,
Resistencia, Capital de la Provincia del Chaco"

“El art. 66 de la LCT no exige que el trabajador "acredite" y menos aún "en
forma fehaciente" el perjuicio que le pudiera causar el ejercicio del "ius
variandi",
pues basta que ofrezca la posibilidad de que sea razonablemente
apreciado por el empleador."

"Delgado, Gilda c/ Los Soles Internacional SA s/despido 26/09/06. 94494. (12737/04. CAMARA NACIONAL DE
APELACIONES DEL TRABAJO. "

“Cabe señalar que el principio de indemnidad no se encuentra orientado
exclusivamente al aspecto material, sino también al aspecto moral"

HERNANDEZ BOBBIO DE LAURINO, Isabel c/ CONSORCIO COPROPIETARIOS EDIFICIO EMILIO MITRE 1040/44

El cambio de lugar de trabajo no se encuentra dentro de las
posibilidades del ius variandi. … analizar si el cambio daña o no al
trabajador es irrelevante.
”47 Con lo cual, no seria preciso tampoco probar el perjuicio
ocasionado.
Como bien se dijo en el caso Ibarra: “... el trabajador es el dueño de su tiempo libre"

"Espinoza, Graciela c/ Can Car S.A. s/ despido. 31/05/94. 40541/94 Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Sala VI. Del
voto del Dr. Capón Filas, en mayoría."


"El cambio arbitrario y unilateral del lugar de trabajo, autoriza al trabajador a
considerarse despedido
y da derecho a cobrar la indemnización pertinente, incluso de
puro derecho, sin probar daño alguno. "

"7 C.N.A.T., Sala II, 30-9-1974, L.T. XXII, 1098. ""Si falta la razonabilidad, es decir la justificación razonable de la medida, no es
necesario demostrar la existencia de un perjuicio”."[/quote]
 #1164576  por DrPerales
 
caro4457 escribió:Este no es un foro abierto, lean cuando se suscriben los términos, por favor
Hola Caro, como estas?

Gracias por tu aporte.

Espero prestes mas atencion a la lectura de las leyes al hacer tus "dibujos" judiciales, que cuando leiste los terminos y condiones.

No hay problema, los refresco:
caro4457 escribió: Acordás no enviar ningún contenido abusivo, obsceno, vulgar, difamatorio, indecente, amenazante, sexual o cualquier otro material que pueda violar cualquier ley de tu país, el país donde "Foros del Portal de Abogados" está instalado o Leyes Internacionales. Hacer esto provocará que seas inmediata y permanentemente expulsado y, si lo creemos oportuno, con notificación a tu Proveedor de Servicios de Internet. Las direcciones IP de todos los envíos son registradas como ayuda para reforzar estas condiciones. Acordás que "Foros del Portal de Abogados" tiene derecho a eliminar, editar, mover o cerrar cualquier tema en cualquier momento que lo creamos conveniente. Como usuario acordás que cualquier información que hayas ingresado será almacenada en una base de datos. Dado que esta información no será compartida con ninguna tercera parte sin tu consentimiento, ni "Foros del Portal de Abogados" ni phpBB podrán considerarse responsables por cualquier intento de hacking que conlleve a que los datos sean comprometidos.

Como ves no hay ninguna restriccion de acceso ni de posteo mientras se respeten esas reglas.

De todas formas nadie esta obligado a ayudarme, y por eso agradezco la predisposicion de quienes si lo hacen.

Saludos,
 #1164612  por DRA. MACA
 
A ver señor, acá no va a encontrar la solución de su problema, puesto que "a su parecer" todos estamos errados, menos usted, claro, pero, curiosamente, sin ser abogado y estudiar para ello.

Y que ataque a colegas o "intente" parecer que sabe mas en un foro de internet NO VA A RESOLVER SU PROBLEMA.

Asi que si quiere puede postear todo lo que quiera, pero sin intervención de un abogado EN FORMA PERSONAL, EN UN ESTUDIO JURÍDICO, COMO CORRESPONDE, nada va a poder hacer.

O como siempre le solemos proponer a los particulares, es simple: se anotan en una universidad, se reciben y se resuelven todos sus asuntos en causa propia.
 #1164637  por ccolalongo
 
En lugar de perder el tiempo "refrescando" estas cosas, ¿por qué no lo ocupas en redactar tu demanda? y de paso ganarla en primera instancia y en cámara. Y de paso si nadie está a tu altura, cursa la carrera, recibite y patrocinate a vos mismo, nadie lo va a hacer mejor.
DrPerales escribió:
caro4457 escribió:Este no es un foro abierto, lean cuando se suscriben los términos, por favor
Hola Caro, como estas?

Gracias por tu aporte.

Espero prestes mas atencion a la lectura de las leyes al hacer tus "dibujos" judiciales, que cuando leiste los terminos y condiones.

No hay problema, los refresco:
caro4457 escribió: Acordás no enviar ningún contenido abusivo, obsceno, vulgar, difamatorio, indecente, amenazante, sexual o cualquier otro material que pueda violar cualquier ley de tu país, el país donde "Foros del Portal de Abogados" está instalado o Leyes Internacionales. Hacer esto provocará que seas inmediata y permanentemente expulsado y, si lo creemos oportuno, con notificación a tu Proveedor de Servicios de Internet. Las direcciones IP de todos los envíos son registradas como ayuda para reforzar estas condiciones. Acordás que "Foros del Portal de Abogados" tiene derecho a eliminar, editar, mover o cerrar cualquier tema en cualquier momento que lo creamos conveniente. Como usuario acordás que cualquier información que hayas ingresado será almacenada en una base de datos. Dado que esta información no será compartida con ninguna tercera parte sin tu consentimiento, ni "Foros del Portal de Abogados" ni phpBB podrán considerarse responsables por cualquier intento de hacking que conlleve a que los datos sean comprometidos.

Como ves no hay ninguna restriccion de acceso ni de posteo mientras se respeten esas reglas.

De todas formas nadie esta obligado a ayudarme, y por eso agradezco la predisposicion de quienes si lo hacen.

Saludos,
 #1164706  por DrPerales
 
jajajaj, mas que abogados, deberian ser comediantes, porque dan risa.

Repito que nunca fue mi intencion socavar la idoneidad, ni importancia de vuestra profesion (y los estudios que requiere para serlo, que son muchos), sino que buscaba simplemente una orientacion "prima facie" de si este contexto laboral actual que me toca, daria lugar a un proceso o no, citando fallos que se acercaban a este.

No se ataquen, no teman, lo que hacen va a seguir siendo necesario a pesar de internet, y estoy seguro de que son buenos profesionales en el fondo, porque aceptar que no saben algo y publicarlo para que otros los asesoren habla bien de ustedes.

Mis mejores deseos en sus casos.

Saludos,

ccolalongo escribió:En lugar de perder el tiempo "refrescando" estas cosas, ¿por qué no lo ocupas en redactar tu demanda? y de paso ganarla en primera instancia y en cámara. Y de paso si nadie está a tu altura, cursa la carrera, recibite y patrocinate a vos mismo, nadie lo va a hacer mejor.
DrPerales escribió:
caro4457 escribió:Este no es un foro abierto, lean cuando se suscriben los términos, por favor
Hola Caro, como estas?

Gracias por tu aporte.

Espero prestes mas atencion a la lectura de las leyes al hacer tus "dibujos" judiciales, que cuando leiste los terminos y condiones.

No hay problema, los refresco:
caro4457 escribió: Acordás no enviar ningún contenido abusivo, obsceno, vulgar, difamatorio, indecente, amenazante, sexual o cualquier otro material que pueda violar cualquier ley de tu país, el país donde "Foros del Portal de Abogados" está instalado o Leyes Internacionales. Hacer esto provocará que seas inmediata y permanentemente expulsado y, si lo creemos oportuno, con notificación a tu Proveedor de Servicios de Internet. Las direcciones IP de todos los envíos son registradas como ayuda para reforzar estas condiciones. Acordás que "Foros del Portal de Abogados" tiene derecho a eliminar, editar, mover o cerrar cualquier tema en cualquier momento que lo creamos conveniente. Como usuario acordás que cualquier información que hayas ingresado será almacenada en una base de datos. Dado que esta información no será compartida con ninguna tercera parte sin tu consentimiento, ni "Foros del Portal de Abogados" ni phpBB podrán considerarse responsables por cualquier intento de hacking que conlleve a que los datos sean comprometidos.

Como ves no hay ninguna restriccion de acceso ni de posteo mientras se respeten esas reglas.

De todas formas nadie esta obligado a ayudarme, y por eso agradezco la predisposicion de quienes si lo hacen.

Saludos,
 #1164720  por adessoma
 
Es que tu consulta gira en torno a una eventual injuria por cambio de lugar de trabajo (sin perjuicio de advertir de que entre el Microcentro y Puerto madero hay solo cuatro o cinco cuadras; no sé cómo tomás los dos kilómetros).
Disculpá la franqueza brutal, pero me parece que el planteo es ridículo. Seguramente ya habrás leído el art. 66 de la LCT, y la pretensa injuria gira en torno al lugar de trabajo y no a la modificación de las condiciones laborales. Por otro lado, el empleador está avalado por el art. 64 de la LCT. Con esto quiero decirte que aunque la empresa siga manteniendo su sede en Microcentro, a vos puede trasladarte a una sucursal en Puerto Madero.
Además, qué pensás que podría opinar un juez cuando lea que te colocaste en situación de despido indirecto porque la comida te sale más cara o porque no podés reunirte con tus amigos? En atención a que estoy escribiendo en un foro público, no puedo decirte que el juez se te cagaría de risa cuarenta y cinco minutos seguidos y te condenaría en costas.
Mi recomendación: no lo intentes; no está tan fácil conseguir trabajo.
Saludos y nuevamente disculpá mi franqueza brutal.