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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1165430  por rodolfo34
 
hola colegas, me llego un caso en consulta y lo expondre a continuacion... un grupo de trabajadores fueron despedidos sin justa, y le iniciaron juicio, el mismo transcurrio con normalidad hasta la audiencia judicial, no se llego a un acuerdo y la abogada de la parte demandada inicio un incidente por acto juridico inexitente, diciendo que la firma del abogado en el escrito de la demanda no coicide con la firma del mismo en la audiencia, se abre prueba y la caligrafica confirma esa sospecha, el juez le da la razon al abogado del actor y la camara al demandado y ahora esta en la corte ... el juicio empezo ya lleva 8 años... si la corte declara el acto inexistente, estos trabajadores quieren que les lleve el caso, mi pregunta es.. puedo volver a presentar la demanda o no.... me gustaria q me ayuden... gracias
 #1165447  por DRA. MACA
 
rodolfo34 escribió:hola colegas, me llego un caso en consulta y lo expondre a continuacion... un grupo de trabajadores fueron despedidos sin justa, y le iniciaron juicio, el mismo transcurrio con normalidad hasta la audiencia judicial, no se llego a un acuerdo y la abogada de la parte demandada inicio un incidente por acto juridico inexitente, diciendo que la firma del abogado en el escrito de la demanda no coicide con la firma del mismo en la audiencia, se abre prueba y la caligrafica confirma esa sospecha, el juez le da la razon al abogado del actor y la camara al demandado y ahora esta en la corte ... el juicio empezo ya lleva 8 años... si la corte declara el acto inexistente, estos trabajadores quieren que les lleve el caso, mi pregunta es.. puedo volver a presentar la demanda o no.... me gustaria q me ayuden... gracias
Muy buena la estrategia de la abogada del demandado. Logro estirar 8 años la causa a tal punto de borrar la cuestión de fondo.

Sinceramente no perdería el tiempo llevando esas causas, claramente la postura de la demandada es no pagar nunca, no conciliar, y vaya a saber que cosas mas (tal vez una quiebra) por lo que serian años de trabajo, para no cobrar nunca nadie.
 #1165452  por adessoma
 
Sumándome a lo que te dijeron te agrego que la demanda, aunque sea defectuosa, interrumpe la prescripción. Pero siendo apócrifa la firma del letrado, podemos decir que hubo una demanda y que se ha interrumpido la prescripción? Creo que no, porque carece de firma.
Olvidate del caso.
Saludos.
 #1165453  por DRA. MACA
 
Si, adhiero a "lo que te dijeron".

No pasa nada Adrián por nombrarme, la culpa es de flux por decir que si me nombraban 3 veces al espejo después de media noche cobraba la consulta.

Ahora me chuzeó :lol:
 #1165455  por adessoma
 
Ja ja.....qué está pasando con flux?
Ahí va: "Sumándome a lo que te dijo DRA.MACA"
 #1165459  por DRA. MACA
 
Ocurre que ese especímen está sólo, y bueno, su única compañera es la señora internet.

Ya le hemos recomendado hacer terapia, ir a una Clínica Psiquiátrica, pero, como gente así niega tener un problema o intenta trasladar al otro lo que él mismo padece, lo único que le queda es continuar riéndose y contestándose solo.
 #1165462  por adessoma
 
Está todo mal entonces. Pero bueno, a veces nos olvidamos porqué estamos enojados y las cosas se pasan
 #1165464  por DRA. MACA
 
El problema es de él quien se habla, contesta y ríe solo.

Volviendo al tema, el colega dice que luego de la audiencia la letrada de la demandada alegó que la firma del acta no pertenecía al colega que inició la demanda, y me pregunto, porqué el colega que firmó la demanda no presentó en el incidente un escrito ratificando que su firma era suya, terminado el tema, pedía sanción por temeridad y malicia a la abogada por desviar e intentar dilatar la causa? 8) :roll:
 #1165553  por adessoma
 
Hola, Maricel. Como dijiste, la estrategia de la abogada de la empresa fue brillante. A mí no se me hubiera ocurrido.
Pero creo que la abogada habrá planteado un hecho nuevo (art. 78 LO) para meter el incidente; de esa forma se puede subsanar una omisión anterior o introducir por esa vía una cuestión desconocida al momento de interponer la demanda. Yo lo hice un par de veces con excelente resultado, y de hecho estoy por hacerlo en una demanda donde hace poco me enteré de que hay una empresa (es la solvente) que controla a todo el grupo económico.
Sin embargo, me parece que el hecho de que el letrado del actor reconozca posteriormente su firma inserta en la demanda, no le quita la posibilidad a la contraria de pedir pericia caligráfica en el incidente (principio de amplitud probatoria). De esta manera, la demanda interpuesta es nula (y la nulidad es absoluta del tipo insalvable) y tiene los efectos como si no se hubiese presentado. En este caso, si bien se ha probado que la firma inserta en la demanda no era del colega que se presentó posteriormente, los sucesivos actos procesales no quedan saneados ni convalidaron la demanda. Y ojo que el colega tuvo mucha suerte: no le quitaron la matrícula de casualidad, porque el abogado no pudo desconocer que la firma del escrito inicial no era suya.
Vos qué opinás?
 #1189371  por rodolfo34
 
Colegas gracias por sus aportes... la cuestión que les comente llego a la corte de mi provincia, esta ultima rechazo el recurso del actor, y por ende, confirmo la sentencia de la cámara (declarar el acto inexistente), ahora el abogado del actor interpuso un recurso extraordinario federal, el cual también le fue denegado.. seguramente se ira por queja a la nación. mi pregunta es..... para iniciar la acción de daños y perjuicios al abogado del actor tengo que esperar que le denieguen la queja?