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  • Despido de un empleado municipal

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #1169019  por DraSabri
 
Colegas,

Hago derecho laboral privado, y esta vez me consultan (conocido) por un despido en la administración publica municipal, en la provincia de bs as.

Empleado en planta temporaria, desde 2013.
desde marzo 2016 pase a planta permanente. Antes del año, 27/12/2016, despido, por decreto del intendente: comunica el cese sin causa, notificado el día 05/01/2017. Decreto solo fundado en las facultades q le son propias, por carecer de estabilidad etc etc. (mas aun estaba de licencia medica).

Mi pregunta radica en la vía de procedimiento...

lamentablemente asesorada por el sindicato, la empleada envío un TCL laboral, diciendo que existía discriminación por su calidad de afiliada al sindicato (lo que habia ocurrido casi 1 año antes de esto), y el muniicoio respondio por CD rechandolo.

Luego me vienen a ver. Creo tener argumentos para pedir o bien la reinstalación, o la indemnización por despido arbitrario.

Pero necesito ayuda en el procedimiento.-

los 10 dias habiles para atacar formalmente el decreto, conf. art 41 de la ley 14.656 (pero que habla de sanciones disciplinarias) estaría vencido. No se si se aplica a este caso.

Aca se trata de un decreto que dispone el cese, firmado por el propio intendente. Por lo que no tendría jerárquico...

La demanda tendría por objeto la anulación del decreto, pidiendo la reinstalación o subsidiariamente, el pago de indemnización.
 #1169152  por administrativista
 
El artìculo que menta habla de sanciones disciplinarias. Creo que no es el caso.

Acuda a la vìa contencioso administrativa.

Saludos.
 #1169164  por DraSabri
 
Aclaro, y espero q no oscurezca....

Decreto de cesantía, firmado x le intentente y refrendado por el jefe de gabinete, sin causa mas que la facultad discrecional del ejecutivo de desvincular a un empleado de planta permanente que no alcanzo estabilidad.

Notificado el 05/01/2017.

el 09/01/2017 el empleado envia TCL laboral (confeccionado por el sindicato) rechazando el decreto, pero fundando en conducta antisindical -que francamente no se aplica y es indefendible-. No puedo usar ese argumento.-

Municipio responde CD y ratifica decreto. FIN.-

Me ven ahora, a ver que puedo hacer.

Agotamiento de la via administrativa: era necesario interponer recurso de revocatoria contra tal decreto en el plazo de 10 días habiles? si era necesario para agotar la via, lo doy por perdido (porque ni siquiera puedo tomar el TCL, porque el fundamento es insostenible).

Puede considerarse exceso de rigorismo, y entender que no puede razonablemente esperarse que el ejecutivo cambie la decisión, y por ende inoficioso el recurso? puedo tener por agotada la via por el hecho de emanar el acto administrativo d ela maxima autoridad municipal?? En tal caso, puedo ir a la via contencioso adminsitrativa. Plazo de caducidad: 90 días desde la notificación (05/01/2017), habiles o corridos?
 #1169167  por DraSabri
 
La resolución que declaró formalmente improcedente la demanda contencioso - administrativa por no haber deducido la actora el recurso de revocatoria contra el decreto del intendente municipal, viola la garantía de la defensa en juicio, si no cabe aceptar que la misma autoridad que concretó el decreto cuestionado, fuese a modificar su decisión ante un eventual recurso de revocatoria contra dicho acto administrativo." Rabinovich, Héctor c/ Municipalidad de Vicente López s/ demanda contencioso - administrativa. 01/06/1989
 #1169226  por administrativista
 
"El nuevo proceso contencioso administrativo provincial y su incidencia sobre la ley de procedimiento administrativo" de Carlos Botassi
Le recomiendo esta obra de ágil lectura.

Saludos.