Buen dia, una pregunta colegas si pueden... voy por el empleado, trabajaba como chofer de Servicio Publico de Pasajero, lo despiden por llegar tarde notificandolo por cd. en la misma alegan otras sanciones disciplina, pero esas anteriores sanciones le notificaron con 2 Partes de inpeccion Y 1 notificacion de sancion, ninguna con carta documento, es suficiente ese tipo de notificacion para probar en juicio ?
rox79 escribió:Buen dia, una pregunta colegas si pueden... voy por el empleado, trabajaba como chofer de Servicio Publico de Pasajero, lo despiden por llegar tarde notificandolo por cd. en la misma alegan otras sanciones disciplina, pero esas anteriores sanciones le notificaron con 2 Partes de inpeccion Y 1 notificacion de sancion, ninguna con carta documento, es suficiente ese tipo de notificacion para probar en juicio ?Las sanciones disciplinarias pueden notificarse por nota extendida al trabajador quien debe firmar si recepción y en el caso que corresponda podrá proceder al descargo conforme el art 220 LCT (plazo 30 días de notificada). Analizá cada una de las sanciones que al trabajador le extendieron, fijate que se cumplan los requisitos de contemporaneidad, proporcionalidad y no duplicación, que se haya expresado la sanción en forma clara y que sea legalmente admisible. Si esta ultima sanción y conforme lo que se desprenda de tu analisis consideras que no corresponde ya que no justifica la maxima sanción laboral - despido -, impugnala y rechazá el despido por Telegrama como así también la causal invocada.
Saludos