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  • ¿Quien es el que no queda obligado respecto del tercero? ¿el mandante o el mandatario? Art 1321 CCyC

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 #1177124  por ElExplorador
 
No entiendo la pésima y confusa redacción del artículo 1321 del Codigo Civil y Comercial.

¿Quien es el que no queda obligado respecto del tercero? ¿el mandante o el mandatario?



ARTICULO 1321.- Mandato sin representación. Si el mandante no otorga poder de representación, el mandatario actúa en nombre propio pero en interés del mandante, quien no queda obligado directamente respecto del tercero, ni éste respecto del mandante. El mandante puede subrogarse en las acciones que tiene el mandatario contra el tercero, e igualmente el tercero en las acciones que pueda ejercer el mandatario contra el mandante.
 #1177126  por ElExplorador
 
ElExplorador escribió: Sab, 10 Jun 2017, 18:23 No entiendo la pésima y confusa redacción del artículo 1321 del Codigo Civil y Comercial.

¿Quien es el que no queda obligado respecto del tercero? ¿el mandante o el mandatario?



ARTICULO 1321.- Mandato sin representación. Si el mandante no otorga poder de representación, el mandatario actúa en nombre propio pero en interés del mandante, quien no queda obligado directamente respecto del tercero, ni éste respecto del mandante. El mandante puede subrogarse en las acciones que tiene el mandatario contra el tercero, e igualmente el tercero en las acciones que pueda ejercer el mandatario contra el mandante.
¿Pienso que seria el mandante?
 #1177128  por legalescom
 
El artículo 1321, se refiere a que, el mandante, "no queda obligado directamente respecto del tercero"

El nuevo código, separa la figura del "mandato" de la figura de la "representación", lo que, antes, no era posible.

El Cód. Civil derogado, refiriéndose al "mandato oculto", decía:

Art. 1929. El mandatario puede, en el ejercicio de su cargo, contratar en su propio nombre o en el del mandante. Si contrata en su propio nombre, no obliga al mandante respecto de terceros. Este, sin embargo, puede exigir una subrogación judicial en los derechos y acciones que nazcan de los actos, y puede ser obligado por los terceros acreedores que ejercieren los derechos del mandatario a llenar las obligaciones que de ellos resultan.