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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1180664  por guido216
 
Hola, soy nuevo aca y nuevo como profesional, les hago una consulta, al telegrama donde el empleado solicita se le reconozca la relación laboral, indemnización, vacaciones y todas esas cosas, el empleador que debe contestar?? Tienen algun modelo para pasarme? Desde ya gracias.
 #1180665  por guido216
 
guido216 escribió: Mar, 25 Jul 2017, 22:43 Hola, soy nuevo aca y nuevo como profesional, les hago una consulta, al telegrama donde el empleado solicita se le reconozca la relación laboral, indemnización, vacaciones y todas esas cosas, el empleador que debe contestar?? La relación laboral no estaba registrada. Tienen algun modelo para pasarme? Desde ya gracias.
 #1180673  por Evelin24
 
Si debes responder el telegrama, incluso en algunos te ponen un plazo si es que te intimó a que registrara la situación laboral te da un plazo de 48 hs, para tal cosa.
Debes responder negando todo vínculo laboral, mejor si negas punto por punto de lo que está solicitando el empleado, no se si tu caso es de empleada doméstica o de algún otro lado, te paso el que tengo a la mano, espero te pueda servir..


Rechazo por improcedente, malicioso y falaz todo contenido del Telegrama N° 798568248 recibido el día 04 de Julio del año 2017.
Niego categóricamente que usted trabajara desde Febrero de 2013 al cuidado de mi madre Andrea Ramírez y realizara limpieza en mi domicilio.
Niego que se haya encontrado trabajando bajo órdenes y en relación de dependencia hacia mi persona.
Niego que cumpliera horario de 8.30 a 13 hs. y que de manera infundada se le abonara $xxx por día.
Rechazo que haya habido ni que haya una relación de dependencia
Rechazo que le corresponda indemnización por diferencia de haberes, SAC, y vacaciones jamás percibidas ya que no hubo ni hay ninguna relación de dependencia, que desconozco expresamente la supuesta relación laboral invocada y falsamente aducida por usted en todos sus términos.
Su reclamo resulta a todas luces improcedente toda vez que no ha existido ni existe entre Usted y mi persona relación laboral alguna.
Concluyo intercambio epistolar.
Queda Ud. legal y debidamente notificada.-


Saludos.- *leo* *suerte*
 #1186969  por dramnj
 
leyesleyes escribió: Lun, 23 Oct 2017, 16:37 Los telegramas el empleador los debe responder mediante otro telegrama?
NO!! El beneficio de gratuidad es solo para el trabajador LEY 23.789. El empleador debe responder mediante Carta Documento.