Buenas tardes colegas. Soy abogado previsionalista y creo que este es el ámbito correcto donde plantear el caso que se me presenta, que resulta ser además personal. No manejo Derecho Laboral y como la cuestión que me trae aquí es específica de esta rama, quisiera presentarles el caso y pedirles me den una guía acerca de cuáles son los pasos a seguir.
Mi señora se desempeñó hasta el 30/06 en una empresa de seguros como empleada administrativa. De sus aportes le detraían el porcentaje correspondiente a la OS y la destinaban a OSSEG (Obra Social de los empleados y productores de Seguros). Yo como abogado, tenía CASA y a mi nena la tenía afiliada conmigo. Hasta que un día me dí cuenta de que estaba tirando la plata y decidí afiliarnos a mí y a mi nena (como grupo familiar primario) a la OS de mi señora. Resultó que con el aporte que le detraían a ella de su recibo de sueldo, se justificaba enormemente estar afiliados todos a OSSEG. Que por otro lado, resultó ser mucho mejor que CASA, con más y mejores prestaciones (mi nena por ej. está recibiendo tratamiento para su Epilepsia Benigna Occipital con cobertura al 100% y entrega de medicación gratis a domicilio). Pero en fin, fue despedida de su trabajo y ya transitamos el tercer y último mes de cobertura que subsisten luego del despido. Como fue despedida, fue a ANSeS a tramitar el desempleo, ya que al estar percibiéndolo, continúa teniendo obra social. Pero el problema surgió cuando le dijeron que no podía seguir afiliada a OSSEG y tenían que afiliarla a ella a mi obra social. Recordemos, soy abogado, monotributista, y no estoy afiliado a ninguna OS, sino que estaba yo mismo afiliado a la OS de ella. Entonces le dijeron que debían sortearme a mí una OS, afiliarme, y luego afiliarla a ella y a mi nena a esa OS. Es esto posible? Por qué no puede percibir el desempleo y que los aportes vayan a OSSEG como se venía haciendo? Por qué deben obligatoriamente afiliarla a ella a la OS del marido y no puede ser a la inversa? Y si yo no tengo OS, cómo es que la afilian a ella? Alguien puede esclarecerme estos puntos? Desde ya muchas gracias!
Mi señora se desempeñó hasta el 30/06 en una empresa de seguros como empleada administrativa. De sus aportes le detraían el porcentaje correspondiente a la OS y la destinaban a OSSEG (Obra Social de los empleados y productores de Seguros). Yo como abogado, tenía CASA y a mi nena la tenía afiliada conmigo. Hasta que un día me dí cuenta de que estaba tirando la plata y decidí afiliarnos a mí y a mi nena (como grupo familiar primario) a la OS de mi señora. Resultó que con el aporte que le detraían a ella de su recibo de sueldo, se justificaba enormemente estar afiliados todos a OSSEG. Que por otro lado, resultó ser mucho mejor que CASA, con más y mejores prestaciones (mi nena por ej. está recibiendo tratamiento para su Epilepsia Benigna Occipital con cobertura al 100% y entrega de medicación gratis a domicilio). Pero en fin, fue despedida de su trabajo y ya transitamos el tercer y último mes de cobertura que subsisten luego del despido. Como fue despedida, fue a ANSeS a tramitar el desempleo, ya que al estar percibiéndolo, continúa teniendo obra social. Pero el problema surgió cuando le dijeron que no podía seguir afiliada a OSSEG y tenían que afiliarla a ella a mi obra social. Recordemos, soy abogado, monotributista, y no estoy afiliado a ninguna OS, sino que estaba yo mismo afiliado a la OS de ella. Entonces le dijeron que debían sortearme a mí una OS, afiliarme, y luego afiliarla a ella y a mi nena a esa OS. Es esto posible? Por qué no puede percibir el desempleo y que los aportes vayan a OSSEG como se venía haciendo? Por qué deben obligatoriamente afiliarla a ella a la OS del marido y no puede ser a la inversa? Y si yo no tengo OS, cómo es que la afilian a ella? Alguien puede esclarecerme estos puntos? Desde ya muchas gracias!