Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • BAJA DE EMPLEADO ANTE AFIP

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1185245  por mariaximena11
 
Consulto a ver si lo pensado estara bien. Cliente empleador tiene un comercio. Uno de los trabajadores hace tareas de reparto. Tiene dos meses en el puesto. La contadora por error lo ubico con convenio de camioneros, en la categoria mas baja. A este trabajador no le dan el registro profesional (CNRT), ya hizo todo pero como tuvo problemas de adicciones le salto en los analisis. Ahora bien, el empleador no lo quiere despedir, PERO lo quiere ubicar como administrativo bajo convenio de comercio. Esta bien lo siguiente: Despedirlo (esta en periodo de prueba), darlo de baja ante afip e inmediatamente darlo de alta en nueva categoria y convenio? El trabajador ganaria casi lo mismo.
 #1185256  por dramnj
 
Creo que este tema ya lo habias consultado y te contesté justamente lo que estás diciendo si no me equivoco.

Saludos
 #1185282  por mariaximena11
 
Hola dr! Si, efectivamente. Pero luego volvi sobre el mismo post.
El convenio se va a realizar ante el ministerio de trabajo, plasmando las modificaciones en el contrato , la categoria, etc y el motivo del cambio de las mismas. Dicho acuerdo el ministerio solamente lo registra.

Pero ahora la duda es como configurar esto desde el punto de vista de alta-baja de afip? El empleador tiene que enviar carta notificando el despido? Ya que la contadora me esta exigiendo justamente esto, para darlo de baja y consecuentemente darlo de alta con las nuevas condiciones.
Esto es mi duda ahora....como armar esto de la forma mas prolija.

Gracias
 #1185299  por dramnj
 
Por el 245 dalo de baja.
 #1185418  por ccolalongo
 
No necesitas alta y baja en AFIP, modificas la relación laboral y listo. Ojo como lo estan encuadrando porque hay una disputa entre comercio y camioneros, el convenio lo fija la actividad del empleador ya el MTSS hizo varios encuadramientos así, desde ya que sin registro CNRT no puede ser camionero. Pero todo eso en el acta en el Ministerio de Trabajo se arregla y en la pagina de la AFIP tambien.