Estimados,
Mi duda es bastante concreta. No tengo claro si el adicional del 20% del art. 3 ley 26773 se aplica sobre el resultado del cálculo de ley (o piso mínimo si corresponde) o si se aplica sobre el cálculo de ley (o piso min) más el adicional de pago único. Para ser más claro, ¿Cuál de las siguientes cuentas es correcta?
Opción uno: (calculo de ley o piso mínimo +adicional de pago único)x (20% art. 3)
Opción dos: (calculo de ley o piso mínimo)x(20% art. 3) + adicional de pago único
Esto lo pregunto pues las resoluciones que van actualizando los pisos dicen que el art. 3 tiene un piso mínimo en caso de incapacidad total o fallecimiento y creo que si lo aplico como en la opción uno nunca podría llegar a ser menor a ese piso por lo que o se contempla un piso al divino botón o estoy encarando mal la cuenta.
Desde ya les agradezco su tiempo.
Mi duda es bastante concreta. No tengo claro si el adicional del 20% del art. 3 ley 26773 se aplica sobre el resultado del cálculo de ley (o piso mínimo si corresponde) o si se aplica sobre el cálculo de ley (o piso min) más el adicional de pago único. Para ser más claro, ¿Cuál de las siguientes cuentas es correcta?
Opción uno: (calculo de ley o piso mínimo +adicional de pago único)x (20% art. 3)
Opción dos: (calculo de ley o piso mínimo)x(20% art. 3) + adicional de pago único
Esto lo pregunto pues las resoluciones que van actualizando los pisos dicen que el art. 3 tiene un piso mínimo en caso de incapacidad total o fallecimiento y creo que si lo aplico como en la opción uno nunca podría llegar a ser menor a ese piso por lo que o se contempla un piso al divino botón o estoy encarando mal la cuenta.
Desde ya les agradezco su tiempo.