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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1182709  por NataliF
 
Buenas tardes, quería consultar, una empresa con tres locales en Mar del Plata les hicieron inspecciones "OPERATIVO VERANO" en dos locales estuvo todo bien pero en el tercero la inspectora le solicito las hojas rubricadas de los empleados en Mar del Plata, el tema es que la empresa tiene locales en CABA, Provincia, Rosario y Mar del y es por esto que tiene una Centralización, en dos de los tres locales se la aceptaron y en el tercero que era otra inspectora, lo rechazo.
Ahora tenemos la multa y necesitamos hacer el descargo. Algun modelo para ayudarme?

mil gracias
 #1185651  por GabiEpstein
 
Hola... como están? Soy Gabriel de Entre Ríos; me recibí hace poco tiempo y recién estoy empezando... en este caso me mueve escribir para solicitar la misma ayuda, tengo que apelar una multa del Ministerio de Trabajo, ante Cámara, si alguno puede pasarme algún modelo que me sirva como base; ademas del "síndrome de la hoja en blanco" y el miedo a equivocarme me se falto de saberes suficientes para hacer un escrito desde cero.
Muchas gracias desde ya. Gabriel
 #1186064  por pepitos2017
 
Hola buenos tardes!! comento la situación: srl que acaba de iniciar, se produce relativamente de afip, constata empleados no registrados (art40 ley 11683), los socios llaman al contador se hace el alta temprana..se olvidan del tema...
a los 3 meses cae AFIP para fijar audiencia de descargo con copia de lo actuado... MI CONSULTA seria
Alguien tiene un modelo de descargo por empleados no registrados ante AFIP..a fines de orientación
muchas gracias
 #1186621  por vangimen
 
Buenas tardes colegas...necesito su opinión: Tuvimos un relevamiento del Ministerio de trabajo, puntualmente de Seguridad e higiene (Costa Atlántica, pcia BsAs) En la primer visita (nos labran acta - en total fueron 2 visitas) nos intiman a cumplir con todo lo requerido, cuestión no se cumplió en fecha...Se volvieron a presentar los inspectores al mes y finalmente labraron la infracción. De esto ultimo hace mas de un mes pero nos dijeron que había que esperar a que llegara la notificación de la multa y de ahí tenemos 5 días para hacer el descargo y/o interponer algún recurso. El tema es que mi cliente ya cumplió con todo lo de la requisitoria, aunque como comente la multa vendrá igual.
Mi duda es si resulta conveniente hacer un escrito poniendo en conocimiento ahora al Ministerio de que a la fecha ya hemos cumplimentado con todo o si es una perdida de tiempo y es preferible esperar a que llegue la famosa notificación. y hacer el descargo en legal tiempo y forma? Ayudaría en algo? Este seria un escrito informal, sin "patrocinio", solo para anoticiar al Ministerio de que, aunque fuera de termino, hemos cumplido.
Qué opinan?
 #1186623  por TORDO
 
[quote=analiaTorres post_id=768041 time=1317176730 user_id=7585]
Gracias por las FLORESSSSSSS!!! Pero soy igual que ustedes.. que siempre me dieron una mano cuando la solicite!!! y estoy dispuesta a ayudar (somo USTEDES) de corazon!! BESOSSSS!!
[/quote]

seria bueno que los mensajes se mandasen por aqui, especialmente las soluciones, para eso es el foro, y todos tratamos de ayudar de alguna manera, en MP, solo lo ve una persona, y la idea que cada quien pueda sacar algo positivo de esto. gracias
 #1188808  por natues
 
Hola necesito ayuda. Necesito presentar un escrito. Me llegaron notificaciones del Ministerio de trabajo a una dirección en la que ya no estaba porque habia vendido el fondo de comercio. Cuando el nuevo dueño me aviso y pude ir a buscarla ya habian vencido los plazos para presentar prueba de que tenia las cosas en regla. Quiero presentar un escrito pero no se que debo pedir, no se si debo hacer un recurso de revisión o una denuncia de ilegitimidad.
En el Ministerio me dijeron que ellos consideran que fui notificada ya que fijaron copia en el domicilio fiscal ( ,en el local) pero yo la recibi un mes mas tarde en realidad que puedo hacer? Alguien tendra algun modelo de nota?
 #1188811  por dramnj
 
natues escribió: Jue, 23 Nov 2017, 10:17 Hola necesito ayuda. Necesito presentar un escrito. Me llegaron notificaciones del Ministerio de trabajo a una dirección en la que ya no estaba porque habia vendido el fondo de comercio. Cuando el nuevo dueño me aviso y pude ir a buscarla ya habian vencido los plazos para presentar prueba de que tenia las cosas en regla. Quiero presentar un escrito pero no se que debo pedir, no se si debo hacer un recurso de revisión o una denuncia de ilegitimidad.
En el Ministerio me dijeron que ellos consideran que fui notificada ya que fijaron copia en el domicilio fiscal ( ,en el local) pero yo la recibi un mes mas tarde en realidad que puedo hacer? Alguien tendra algun modelo de nota?
Deberias ir al estudio de un abogado a que te confeccione el escrito. Saludos
 #1194197  por mariposaazul
 
diegops209 escribió: Mar, 07 Ago 2012, 19:54 Hola, como dice "fededice", la resolución es apelable ante la Camara Federal de la Seg Social y se interpone ante el organismo que lo dicto (en este caso el ministerio), luego las actuaciones se elevan a la Camara y en mi caso, que estoy en Santa Fe, la cámara lo remite al Juzgado Federal en la provincia para tramitarlo (hay que constituir dom legal en Ciudad de Bs As). Según lo me que dijeron la forma y demás esta en la resolución 655/05 del Mteyss, pero no dice practicamente nada. "fededice" en la pagina de la Corte hay algunos fallos declarando la inconstitucionalidad del "solve et repete" fundamentandolo en el principio de defensa, pero todo depende del monto a pagar y de la capacidad contributiva del accionante. Si tenes algún modelo para presentar el recurso de apelación pasamelo si podes que estoy con un tema similar y se me están quemando los papeles jajaja (soy bastante nuevo en la profesión). Saludos
Hola!!!! Mi cliente pasa por una situacion similar tendras algun modelo de apelacion planteando la inconstitucionalidad del pago previo para pasarme. Gracias
 #1194198  por mariposaazul
 
fededice escribió: Vie, 03 Ago 2012, 18:20 Estimados Colegas: La resolución que impone la multa, y que agota la vía administrativa, es recurrible y la apelación tramita ante la Cámara Federal de Seguridad Social, conforme el art. 10 inc. B de la Resolución del Ministerio de Trabajo N° 655/05.-
Yo estoy preparando una, el tema es que previo hay que pagar la multa (Art 15 Ley n° 18.820), y entiendo que es inconstitucional, pero no encuentro jurisprudencia al respecto. Alguno tiene idea como se esta resolviendo ese tema?
Gracias.-
Hola!!!! Mi cliente pasa por una situacion similar tendras algun modelo de apelacion planteando la inconstitucionalidad del pago previo para pasarme. Gracias
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