Estimados colegas.Les cuento que estoy un poco perdida con el tema accidentes y tengo dos temas que resolver.
1.- EL primero, tengo un cliente que tuvo un accidente trabajando. Ahora en unos días tiene turno para ir a la Comisión Médica a que determinen su porcentaje de incapacidad. Llame a un médico legista para que determine su incapacidad y me contestó que no hacía falta determinarla previamente, que vaya a la comisión, que le va a dar 0 de incapacidad y después inicie el reclamo judicial.
Ahora mi pregunta es: ¿ Qué plazo tengo para ir a la instancia judicial luego del dictamen de la comisión? ( ya paso un año del accidente)
2.- Tengo que hacen como una apelación del dictamen o lo inicio como un juicio y el dictamen sería solo cumplir una instancia previa ?
3.- Tengo que apelar también a la Comisión central o no hace falta?
Por otro lado tengo un cliente que trabajaba en negro. Mandé la 24.013 y reconocieron la relación laboral. EL cliente se accidentó mientras trabajaba antes de dicha intimación. Inicio la demanda contra la empleadora y la A.R.T. de la empleadora? Hago el juicio por la ley de riesgo de trabajo o planteo la inconstitucionalidad y hago acción civil?
Mil gracias a todo el que pueda aportar algo!
1.- EL primero, tengo un cliente que tuvo un accidente trabajando. Ahora en unos días tiene turno para ir a la Comisión Médica a que determinen su porcentaje de incapacidad. Llame a un médico legista para que determine su incapacidad y me contestó que no hacía falta determinarla previamente, que vaya a la comisión, que le va a dar 0 de incapacidad y después inicie el reclamo judicial.
Ahora mi pregunta es: ¿ Qué plazo tengo para ir a la instancia judicial luego del dictamen de la comisión? ( ya paso un año del accidente)
2.- Tengo que hacen como una apelación del dictamen o lo inicio como un juicio y el dictamen sería solo cumplir una instancia previa ?
3.- Tengo que apelar también a la Comisión central o no hace falta?
Por otro lado tengo un cliente que trabajaba en negro. Mandé la 24.013 y reconocieron la relación laboral. EL cliente se accidentó mientras trabajaba antes de dicha intimación. Inicio la demanda contra la empleadora y la A.R.T. de la empleadora? Hago el juicio por la ley de riesgo de trabajo o planteo la inconstitucionalidad y hago acción civil?
Mil gracias a todo el que pueda aportar algo!