HOLA BUENOS DÍAS: TENGO UN CLIENTE CON UN PROBLEMA CON LAN ARGENTINA, COMPRÓ 2 TICKETS Y CUANDO LLAMÓ PARA SOLICITAR EL CAMBIO DE FECHA PARA UNO DE LOS PASAJES COSA QUE EL CONTRATO PERMITE, POR UNA CUESTIÓN OPERATIVA DE LA EMPRESA LE DIERON POR CONCLUIDO EL TRÁMITE Y PERDIÓ EL TICKET - EL TEMA ES QUE SEGÚN LA LEY 24.240 Y SUS MOD. UNA CUESTIÓN COMO ESTA NO ESTA ESTARÍA SUJETA A DICHA NORMA, PERO A SU VEZ LA MISMA ES SUPLETORIA, MI PREGUNTA ES SI PODRÍA INICIAR UNA DENUNCIA ANTE CEDE ADMINISTRATIVA POR ESTE TEMA. SALUDOS. ESPERO SU RESPUESTA
Hola: mi consejo es que te acerques a tu OMIC más cercana y preguntes, ya que varias veces las empresas (EDUSUR por ejemplo) se quieren amparar en leyes que regulan su actividad, pero desde defensa del consumidor les dicen "no", esto se decide aca, lo malo es que no hay un criterio objetivo, todo deoenderá de la buena voluntad y ganas de trabajar a veces.
saludos