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 #119382  por Fabiana.S.
 
Hola a todos, les cuento mi incertidumbre:
1 -Tengo sentencia a favor, voy por la actora.
2 -La demandada no depositó el monto de condena.
3 -Debo presentar el escrito de ejecución de condena.
Ahí suge mi preocupación, pensé en solicitar librar oficio al Bco. Central con la finalidad que informe cuentas de la demandada para pedir el embargo de las mismas.
El tema es el siguiente, la demandada es una empresa, que actuó en juicio con representación de dos abogados, y quién contestó los telegramas de inicio fué la dueña de esa empresa que aparentemente ya no existe (eso es una sospecha de mi cliente).
Pido se me informe de cuentas bancarias de la dueña que contestó telegramas como apoderada de la firma y los abogados que actuaron en juicio como apoderados de ésta?. Le pido embargo a todos?...
Cómo lo resuelvo? Gracias por su atención.

 #119481  por MORGAN
 
A quién condenaron en la sentencia?.

 #119563  por Fabiana.S.
 
MORGAN escribió:A quién condenaron en la sentencia?.
A la demandada. El tema es que no depositaron el monto de la condena. No se como seguir con la ejecución de sentencia. Se entiende lo que quiero preguntar?. Gracias por tu interés, Morgan.

 #119629  por sergiosky
 
vos tenes que ejecutar concretamente a quien demandas, por que embargarías a los abogados que actuaron como apoderados si vos no los demandaste a ellos?. tenes que ver que dice la sentencia cuando expresa: hacer lugar a la demanda en contra de "....", a ese tenes que embargar, y si la empresa no existe mas o quebró etc, vas a tener que buscar algun bien sea mueble o inmueble, cuentas bancarias, etc. que puedas embargar, pero no se por que responderían los abogados de la empresa ya que ellos actuan en calidad de letrados como vos.

 #119718  por Fabiana.S.
 
sergiosky escribió:vos tenes que ejecutar concretamente a quien demandas, por que embargarías a los abogados que actuaron como apoderados si vos no los demandaste a ellos?. tenes que ver que dice la sentencia cuando expresa: hacer lugar a la demanda en contra de "....", a ese tenes que embargar, y si la empresa no existe mas o quebró etc, vas a tener que buscar algun bien sea mueble o inmueble, cuentas bancarias, etc. que puedas embargar, pero no se por que responderían los abogados de la empresa ya que ellos actuan en calidad de letrados como vos.
Al ser apoderados de quien se presenta como apoderada de la firma, no responden solidariamente con las costas?
Por otro lado, aparentemente la empresa cambió de nombre y domicilio. A quien le ejecuto la sentencia?
Y fundamentalmente como demuestro que aquella firma de otrora es ahora ésta?. Gracias por interesarte.

 #119827  por sergiosky
 
pensé que te referias apoderado a que actuaba como abogado con poder para juicio. el tema del cambio de domicilio y de razon social, deberías ver el tema de la "transformacion societaria", creo que la responsabilidad pasa a la nueva sociedad, deberías ejecutar a la nueva ya que es la continuacion de la anterior.

 #120095  por MFP
 
Hola: empezá a ejecutar, pedí embargo, si no sabés el banco, pedí un oficio al Bco Central para ver si tiene cuentas, averiguá en IGJ el estado de la sociedad, etc.
Por el otro tema: extensión de la sentencia, estudiate este tema "teoría del disregard" La Jueza Diana Cañal ha escrito mucho al respecto. Hay muchísimos fallos, podés solidarizar (en la etapa de ejecución de sentencia) a socios, continuadores, etc.... pero tenés que hacer un planteo tipo demanda. Saludos. MFP

 #120114  por MORGAN
 
En principio podés solicitar una inhibición bancaria de la sociedad condenada. Y como bien dice MFP podés responsabilizar a socios, presidentes, etc. en la etapa de ejecución de sentencia mediante la utilización de la teoría de la penetración o descorrimiento del velo .

 #120430  por Fabiana.S.
 
MORGAN escribió:En principio podés solicitar una inhibición bancaria de la sociedad condenada. Y como bien dice MFP podés responsabilizar a socios, presidentes, etc. en la etapa de ejecución de sentencia mediante la utilización de la teoría de la penetración o descorrimiento del velo .
Sergiosky , MFP , MORGAN, realmente valoro mucho el interés que le imprimen a mis inquietudes.
Voy a empezar solicitando un informe de riesgo y a partir de ahí, hago la presentación con los correspondientes pedidos de oficios a todos lados.
Los mantendré al tanto de como va la cuestión!!!!
Si se les va ocurriendo alguito más... ya saben, soy todos ojos a vuestras sugerencias. Gracias!!!!

 #120607  por MF
 
MFP escribió:Hola: empezá a ejecutar, pedí embargo, si no sabés el banco, pedí un oficio al Bco Central para ver si tiene cuentas, averiguá en IGJ el estado de la sociedad, etc.
Por el otro tema: extensión de la sentencia, estudiate este tema "teoría del disregard" La Jueza Diana Cañal ha escrito mucho al respecto. Hay muchísimos fallos, podés solidarizar (en la etapa de ejecución de sentencia) a socios, continuadores, etc.... pero tenés que hacer un planteo tipo demanda. Saludos. MFP
Tengo un caso similar, una ejecución de sentencia que va a ir para largo, porque la demandada tiene en su haber 45 embargos ya... imagínense... mi pregunta tiene que ver con algo que no me quedó claro de lo que decían, se puede responsabilizar al abogado que actuó con poder?. Me explican a que se referían con eso? Gracias, saludos.

 #121372  por MFP
 
Para mi definitivamente NO.
Además no me gustaría que empiecen a plantearse esas cosas, imagínense lo que significaría para nosotros!!!
De última el abogado es un trabajador tambien...y lo que hace es defender a su cliente.
Otro tema es la temeridad y malicia, pero no me parece que sea el caso. Saludos.
MFP
 #121507  por SALINASPAU
 
Entiendo que al abogado que actua como apoderado no, en cambio el Apoderado de la empresa, si al igual que presidentes, socios gerentes. Yo cuando demando, siempre lo hago a la empresa societaria y a los socios, por el art. 54 de la L.S. ademas de los otros especificos que se aplican a los tipos societarios. Tengo qntendido que si la demanda no esta instaurada contra todos, es poca la jurisprudencia que les podes cobrar en la etapa de ejecucion, por la violacion al Derecho de Defensa. Ahora, bien, si en la demanda, demostrar la negligencia, la falta de presentacion de balances y todo otro acto de comercio obligatorio, podes dejarla como Sociedad Irregular, y entonces si, la responsabiliad es ilimitada para los socios, aun en el caso de S.R.L. Pero tenes que demostrar el fraude. Yo ante la duda, cuando hago los intercambios telegraficos, recurro al edicto de publcacion y mando TLG LEY a todos los que encuentro. Suerte.
 #122958  por Fabiana.S.
 
Gracias por la atención a todos, aclaro: el abogado es el apoderado de la empresa, no apoderado para litigar.
Tengo el escrito de ejecución casi listo, encontré bastante jurisprudencia de disregard al respecto. Lo que necesitaría para comparar y quedarme más tranqui con las formas, es un modelo (que me sirva de paradigma).
Seguramente alguien tiene un modelo para corregir el mío. Gracias again.
SALINASPAU escribió:Entiendo que al abogado que actua como apoderado no, en cambio el Apoderado de la empresa, si al igual que presidentes, socios gerentes. Yo cuando demando, siempre lo hago a la empresa societaria y a los socios, por el art. 54 de la L.S. ademas de los otros especificos que se aplican a los tipos societarios. Tengo qntendido que si la demanda no esta instaurada contra todos, es poca la jurisprudencia que les podes cobrar en la etapa de ejecucion, por la violacion al Derecho de Defensa. Ahora, bien, si en la demanda, demostrar la negligencia, la falta de presentacion de balances y todo otro acto de comercio obligatorio, podes dejarla como Sociedad Irregular, y entonces si, la responsabiliad es ilimitada para los socios, aun en el caso de S.R.L. Pero tenes que demostrar el fraude. Yo ante la duda, cuando hago los intercambios telegraficos, recurro al edicto de publcacion y mando TLG LEY a todos los que encuentro. Suerte.