Buenas colegas. Me salio mi primer sentencia por un Daños y Perjuicios. El item sexto dice lo siguiente:
Séxto. Tasa de interés. La suma acordada deberá intereses a la tasa pasiva más alta fijada por el banco de la provincia de Buenos Aires en sus depósitos a (30) días, vigente al inicio de cada uno de los periodos comprendidos y, por aquellos días que no alcancen a cubrir el lapso señalado, el cálculo debe ser diario con igual tasa, desde la fecha del hecho ilícito hasta el efectivo pago (cfr. SCBA, causa 119176 del 15/6/16 in re: “Cabrera, Pablo David c/ Ferrari, Adrián Rubén s Daños y perjuicios”).
Por lo dicho, en mérito a lo expuesto
RESUELVO:
a) Hacer lugar a la demanda que por daños y perjuicios promoviera xxxxxxxxxxx contra xxxxxxxxxxx;
b) Consecuentemente, condenar a éstos últimos a abonar a la actora la suma de pesos ciento cuarenta mil novecientos ($ 140.900), con más los intereses establecidos en el considerando precedente, en el plazo de diez días de quedar firme o ejecutoriada la presente y bajo apercibimiento de ejecución;
c) Imponer las costas a los demandados quien resultan vencidos; según lo considerado más arriba y diferir la regulación de honorarios, hasta la oportunidad prevista por la normativa arancelaria;
d) Hacer extensiva la condena y las costas a la citada en garantía “xxxxxxxxxxxxxxxx” dentro de los límites de la cobertura contratada con su asegurado (art. 118 de la ley 17.418).
El siniestro fue el 15/05/2012 y la sentencia salio el 28/03/2018.
Consultas:
1. Calcule bien? Me dio 140 mas 82 de intereres. Total 222 mil?? O solo eso es intereses mas 140?? Alguien podría guiarme por favor.
2. Respecto el item de los honorarios dice "hasta la oportunidad prevista" que significa? Como calculo? Mi cliente firmo convenio por el 25%? La aseguradora debe abonar el mismo porcentaje? Ellos pidieron desestimaron en su momento pero al contestar traslado me opuse a ello argumentando con doctrina y jurisprudencia.
AGRADECERIA PUEDAN AYUDARME Y DARME SUS OPINIONES!! DESDE YA MIL GRACIAS. SALUDOS!
Séxto. Tasa de interés. La suma acordada deberá intereses a la tasa pasiva más alta fijada por el banco de la provincia de Buenos Aires en sus depósitos a (30) días, vigente al inicio de cada uno de los periodos comprendidos y, por aquellos días que no alcancen a cubrir el lapso señalado, el cálculo debe ser diario con igual tasa, desde la fecha del hecho ilícito hasta el efectivo pago (cfr. SCBA, causa 119176 del 15/6/16 in re: “Cabrera, Pablo David c/ Ferrari, Adrián Rubén s Daños y perjuicios”).
Por lo dicho, en mérito a lo expuesto
RESUELVO:
a) Hacer lugar a la demanda que por daños y perjuicios promoviera xxxxxxxxxxx contra xxxxxxxxxxx;
b) Consecuentemente, condenar a éstos últimos a abonar a la actora la suma de pesos ciento cuarenta mil novecientos ($ 140.900), con más los intereses establecidos en el considerando precedente, en el plazo de diez días de quedar firme o ejecutoriada la presente y bajo apercibimiento de ejecución;
c) Imponer las costas a los demandados quien resultan vencidos; según lo considerado más arriba y diferir la regulación de honorarios, hasta la oportunidad prevista por la normativa arancelaria;
d) Hacer extensiva la condena y las costas a la citada en garantía “xxxxxxxxxxxxxxxx” dentro de los límites de la cobertura contratada con su asegurado (art. 118 de la ley 17.418).
El siniestro fue el 15/05/2012 y la sentencia salio el 28/03/2018.
Consultas:
1. Calcule bien? Me dio 140 mas 82 de intereres. Total 222 mil?? O solo eso es intereses mas 140?? Alguien podría guiarme por favor.
2. Respecto el item de los honorarios dice "hasta la oportunidad prevista" que significa? Como calculo? Mi cliente firmo convenio por el 25%? La aseguradora debe abonar el mismo porcentaje? Ellos pidieron desestimaron en su momento pero al contestar traslado me opuse a ello argumentando con doctrina y jurisprudencia.
AGRADECERIA PUEDAN AYUDARME Y DARME SUS OPINIONES!! DESDE YA MIL GRACIAS. SALUDOS!