Buenas tardes colegas. Les consulto por un caso al que no le puedo encontrar la vuelta:
Me llegó un cliente al que un amigo suyo, que se fue del país, le dejó un pagaré que tenía a su favor para cobrarle a un tercero, para que se cobre una deuda previa entre los dos amigos. Ese tercero, que supuestamente era "confiable y solvente", llegado el momento desconoció a mi cliente y se negó a pagarle.
El pagaré venció el 10 de febrero de 2016. Mi cliente fue a otro abogado, que primero lo intimó mediante CD (con lo cual entiendo suspendió la prescripción durante 6 meses) y luego inició proceso ejecutivo al que desistió, porque puso como actor al amigo sin establecer en el escrito forma alguna de que el cobro luego vaya a mi cliente (¿se interrumpiría la prescripción igual?).
El amigo está ahora ilocalizable, pero dejó una pila de hojas con su firma y aclaración para que mi cliente use a discreción.
Así me llega esto, a lo cual tengo las siguientes dudas:
1) ¿está perdida la vía ejecutiva por el paso del tiempo?;
2) no hay forma de evitar el pago de la tasa de justicia otra vez, ¿correcto?;
3) si inicio el juicio a nombre del amigo y pongo que cede el resultado a mi cliente, estoy seguro de que lo van a citar para que firme en persona en el expediente... ¿cómo se podrá instrumentar esto para que el dinero vaya sin sobresaltos a mi cliente? ¿Una cesión en contrato privado, usando una de las hojas firmadas? ¿Habrá alguna otra forma mejor?
Quizás me estoy ahogando en un vaso de agua, pero nunca me había llegado algo así. Les agradezco mucho sus comentarios.
Me llegó un cliente al que un amigo suyo, que se fue del país, le dejó un pagaré que tenía a su favor para cobrarle a un tercero, para que se cobre una deuda previa entre los dos amigos. Ese tercero, que supuestamente era "confiable y solvente", llegado el momento desconoció a mi cliente y se negó a pagarle.
El pagaré venció el 10 de febrero de 2016. Mi cliente fue a otro abogado, que primero lo intimó mediante CD (con lo cual entiendo suspendió la prescripción durante 6 meses) y luego inició proceso ejecutivo al que desistió, porque puso como actor al amigo sin establecer en el escrito forma alguna de que el cobro luego vaya a mi cliente (¿se interrumpiría la prescripción igual?).
El amigo está ahora ilocalizable, pero dejó una pila de hojas con su firma y aclaración para que mi cliente use a discreción.
Así me llega esto, a lo cual tengo las siguientes dudas:
1) ¿está perdida la vía ejecutiva por el paso del tiempo?;
2) no hay forma de evitar el pago de la tasa de justicia otra vez, ¿correcto?;
3) si inicio el juicio a nombre del amigo y pongo que cede el resultado a mi cliente, estoy seguro de que lo van a citar para que firme en persona en el expediente... ¿cómo se podrá instrumentar esto para que el dinero vaya sin sobresaltos a mi cliente? ¿Una cesión en contrato privado, usando una de las hojas firmadas? ¿Habrá alguna otra forma mejor?
Quizás me estoy ahogando en un vaso de agua, pero nunca me había llegado algo así. Les agradezco mucho sus comentarios.