Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • CONSULTA IMPORTANTE JUBILACIÓN

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1207969  por ESTUDIOLMA
 
Buenas Noches, hoy me consulto un cliente que tiene jubilación por la caja de las fuerzas armadas dado que cumplía tareas como personal civil. No obstante ello, siguió trabajando en diversos trabajos en relación de dependencia y tiene 66 años y 22 años de aportes tomando el exceso de edad. Según entiendo podría pedir el beneficio de jubilación ordinaria comprando por moratoria 8 años y pagando todo en un solo pago verdad?

Voy bien encaminado, me darían algunos consejos?

Saludos!
 #1208005  por romimachi
 
La pregunta no es clara.
Si tiene haber jubilatorio como personal civil, la caja otorgante es Anses. Y es de aplicación la jubilación ordinaria. No creo que sea este beneficio al que te referis....
Si fue personal militar la caja otorgante es otra: IAF. En este caso, la edad a la que accedió puede ser mas joven que el caso anterior, lo que le permitió seguir aportando...
Deberías especificar en que años tiene esos 22 años de aportes... Por otro lado si es militar retirado tenés que tener una autorización de Bienestar (Ejercito) para poder trabajar en los años que "pretendes" comprar por moratoria.
Por otro lado la moratoria ahora tiene el requisitos del socioeconómico.
Creo que es casi imposible... Es decir "no vas bien"

Saludos!
 #1208052  por ESTUDIOLMA
 
Gracias por responder.
Perdón no especifique bien; Tiene 12 años como maquinista de tren y 10 años como sereno en un edificio.
El cliente me mencionó que, en su momento, obtuvo la autorización, tendría que chequearlo cuando me traiga la documentación.

Saludos!
 #1208071  por romimachi
 
Me parece raro... La autorización tiene que abarcar los periodos donde pensás comprar con moratoria, si no no sirve...
Otra traba es el socioeconomico
 #1208078  por MARIO1943
 
SI ES PERSONAL CIVIL DE LAS FF.AA. ESTA JUBILADO POR ANSES, TAMPOCO ES RETIRADO DE FF.AA. , ESTAN CONFUNDIENDO PERSO NAL CIVIL CON RETIRADO DE LAS FF.AA. , LO QUE HAY QUE HACER ES PEDIR A ANSES EL RECONOCIMIENTO DE ESOS PERIODOS TRABAJADOS FUERA DE LAS FF.AA. Y LUEGO SOLICITAR QUE RE LE PRACTIQUE UNA NUEVA JUBILACION PARA MEJORAR SU JUBILACION, QUE SI BIEN PUEDEN HABER PERIODOS SUPERPUESTOS CON LOS DE LAS FF, AA Y OTROS NO , SIRVEN PARA MEJORAR YA QUE AMBOS SUELDOS TANTO FF.AA. COMO LOS OTROS TRABAJOS SE SUMAN LAS REMUNERACIONES, ESO LO TENDRIAN QUE HABER HECHO CUANDO S E JUBILO