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  • Cesión de Derechos Hereditarios por instrumento privado - Accionar contra Herederos

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 #1229007  por Francovidal
 
Buen día. Paso a contarles un poquito la situación que tengo, tal vez me extienda un poco, pero es para plasmar mejor y se entienda.
En el 2005, mi viejo (una persona reacia al derecho y formalidades) compró un terreno el cual luego construyó un salón enorme y departamentos arriba.
Hace poco me entero que no tenía escritura pública del terreno, por lo cual le empecé a insistir que me comente como venía la mano, hasta que finalmente accedió y me mostró la documentación que tenía.
Grande fue mi sorpresa al ver que no solo era un Boleto de Compareventa, sino una Cesión de Boleto. O sea, A y B le cedieron a D; y luego D le cedió a mi viejo.
Pero ese no es el problema, sino lo que viene. Leyendo ambas cesiones veo que en realidad hay una Cesión de Derechos Hereditarios (En este caso de cosa determinada). Es decir, A cede en carácter de propietario (dice el Boleto) y B cede en carácter de Única Heredera de C (que era cónyuge de A). No sé el parentesco entre A y B (no creo que sean Padre e hija por casi la misma numeración de DNI, tal vez B sea sólo hija de A).

MAYORES PROBLEMAS
1) Y aquí viene lo peor. Al ser Cesión de Derechos Hereditarios, debe instrumentarse en Escritura Pública, y yo solo tengo dos instrumentos privados con certificación de firma (Primera y Segunda Cesión). Me parece insólito que la Escribana (conocida de mi viejo) no le haya advertido esto a mi viejo.
Recordemos que es un contrato Formal con Solemnidad Relativa (Art. 1184 viejo código; ahora el Art. 1618 CCyC).
2) Averiguando bien por lo bajo para no agitar el avispero, averiguo que A falleció y B sigue viva. Desconozco (aún) si A tiene herederos.

PASOS A SEGUIR
1)Pedí informe de Dominio del terreno para ver su real situación. Entre los datos espero obtener el DNI de C, para ver si realmente se inició su juicio Sucesorio. Actualmente no se que me conviene mas, si que se haya iniciado o no.
2) Esta semana voy a pedir información al Juzgado sobre si hay algún sucesorio iniciado por la muerte de A.

DUDAS DE COMO PROCEDER Y QUE CONVIENE
1) El principal tema a solucionar es lo de la Escritura Pública. Al ser un contrato Formal pero con solemnidad relativa, cabe la CONVERSIÓN del acto jurídico (Ex Art 1185), hoy en día llamado Otorgamiento pendiente del instrumento (Art. 1018 CCyC). Creo que no hay duda que puedo accionar contra B para exigir la escritura de la Cesión de Derechos Hereditarios. El problema y principal duda es ¿Puedo exigir la escrituración de la Cesión a un hipotético heredero de A?
2) Viendo la dificultad del tema, y no estando seguro de la legitimidad activa con la que cuento, pensé en solo esperar 7 años más para la Usucapión. La verdad es que me gustaría solucionarlo antes, pero tampoco quiero “avivar giles” solicitando cosas improcedentes.
Desde ya muchas gracias por tomarse cinco minutos para leerlo y todas las opiniones o consejos son bienvenidos.
 #1229529  por Yesicams
 
Hola! Estoy buscando info sobre un caso similar que tengo.. no creo que te pueda ayudar con tu duda, pero tal vez vos a mi si.. resulta que viene a verme un señor, el cual tiene una cesion de derechos hereditarios otorgado por su hermana mediante escritura pública, por medio de la cual le cede una casa, (la cual su marido ya fallecido habría comprado en 1988 pero solo con boleto de compraventa sin firma certificada) . Este hombre quiere vender esa casa, y hay interesados para comprarla, pero quieren que primero este hombre pueda escriturar para poder comprar algo que no sea litigioso y obviamente evitar todo tipo de riesgo.. algo mas, el dueño original (ya fallecido), que vendió la casa al cuñado de mi cliente, en el año 1993 afectó la propiedad a ph.. eso haría interrumpir la prescripción en caso de que yo quiera ir por el proceso de usucapión? Y ahora la pregunta o el consejo.. como me conviene proceder? Porque igualmente desde 1993 a la fecha tal vez podría probar la posesion continua ostensible e ininterrumpida.. pero sería procedente un proceso mas rápido y que le asegure mejor el derecho a mi cliente, como un juicio de escrituración contra los herederos del dueño original? Mi duda es si con la cesión de derechos que le hizo la hermana a mi cliente, este último se encuentra legitimado para pedir la escrituración? Perdon la extensión, estoy arrancando en la profesión y me llega esto que resulta un poco engorroso... agradezco respuesta !!!
 #1230157  por elisabet2018
 
HOLA. espero te sirva, faltarian datos a tu relato, pero te cuento que en cada municipio se esta realizando la regularizacion dominial. Averigua por tu zona donde queda la casa de tierras. Se realiza por la denominada ley Pierre, debe cumplir ciertos requisitos y te dan una escritura provisoria y luego la definitiva. LLeva tiempo pero es a bajo costo, la persona no debe tener otros bienes. Y si, de lo contrario vas por prescripcion adquisitiva como indico el colega. *flor*
 #1248987  por FARINA3440
 
Hola, soy nueva y estuve leyendo este hilo pues tengo un caso parecido y me vendrian bien sugerencias sobre como proceder.
Se trata de una casa (1) en terreno propiedad de A y B, casados legalmente y separados de hecho. B fallecio en 2007, A inicio sucesión en 2015 y escrituró solamente a su nombre en ese año (tenía una escritura previa bajo ley Pierri a nombre de A y B). Dos de sus cuatro hijos (C y D) llevan 27 años viviendo cada uno en PH (2 y 3) que construyeron en el terreno cedido de palabra en vida por B sin hacer subdivisión ni planos .
El tema se complica en que los dos hermanos de C y D quieren su parte de la herencia de B que es una casa y el terreno, pero es donde C y D tienen sus casas, y para acabar de complicarla A cedió sus derechos hereditario ante Escribano y en la casa 1 ahora vive alguien ajeno a la familia.
¿Qué les conviene a C y D para regularizar su situación teniendo a su favor infinidad de testigos y pruebas de casi 30 años de posesión pacífica e ininterrumpida luego de la cesión de palabra de su padre y ahora también su derecho hereditario? ¿Usucapion o sucesión?
Estaré atenta a cualquier respuesta. Gracias.