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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1230314  por profesional
 
COLEGAS
Tengo un hombre con la siguiente sit de revista
fecha nacimiento 03/08/56
aportes como peon rural 01/09/1980 al 31/12/1990
pero a su vez figura inscripto como autonomo
05/77 al 06/80 cat G - ACT 003
07/80 AL 12/86 cat B - ACT 003
01/87 al 02/2007 cat G - ACT 003
03/2007 AL 07/2008 ACT 302
08/2008 a la actualidad sigue con actividad 302

el tema es que en PAGOS me arroja todo deuda. Fuí a AFIPcon multinota porque el se inscribió en MORATORIA DCTO 1384/01 Y DCTO 338/02 pero si bien figura pago el aporte de esos meses que ingresó en moratoria no así intereses y demas, por lo que me da muchisima deuda
Haciendo prorrateo entre autonomo y peon me daría que a los 61 años y 8 meses se podría jubilar y requeriria 17 años y 7 meses de autonomo
Cdo le cargo la situación de revista tengo una deuda moustrosa. ¡que me aconsejan que haga?
Apliqué beneficios del art. 1 ley 25321 y prescripción ley 14236 pero reduzco años de aportes y por ende no llego a esos 17
alguna ayuda.... ya hice 15 liquidaciones y sigo sin solución....
 #1230402  por alejandra01
 
hola. intentà bajando la categoría en los perìodos en los que adheris a moratoria. Mandale jardinero, categoría A por ejemplo. Y liquidà de nuevo, Pero solo podès cambiar categoría en los perìodos donde adheris a moratoria, no en el resto. Por lo cual bajarìa tu liquidación de moratoria pero no de deuda posterior.
 #1230403  por alejandra01
 
que raro lo que decís, porque si se pagò el capital por moratoria te cobran los intereses. No hay moratoria o plan donde no te los cobren. Deberìa desaparecer esos intereses. Te fijaste que hayan ingresado los pagos que denunciaste en afip? chequeaste cta cte a ver que te da?. Refrescà la situación de revista. Tenès que ver todo. Lamentablemente los perìodos posteriores a la moratoria si son autónomos son re caros, y no te queda otra que pagarlos si te hacen falta. No se me ocurre otra opción si quiere jubilarse ahora.
Puede dar de baja ese autónomo y seguir pagando monotributo hasta que achique deuda digamos, pero se pierde meses de jubilaciòn.
También podès preguntar en anses si podès ingresar la jubilaciòn con un plan de pago de mis facilidades de afip por esos meses que nececitàs. Tal vez con algunas cuotas pagas del plan te tomen la jubilaciòn. Esperemos otra opinión..
 #1230409  por MARIO1943
 
alejandra01 escribió: Mié, 07 Nov 2018, 12:27 que raro lo que decís, porque si se pagò el capital por moratoria te cobran los intereses. No hay moratoria o plan donde no te los cobren. Deberìa desaparecer esos intereses. Te fijaste que hayan ingresado los pagos que denunciaste en afip? chequeaste cta cte a ver que te da?. Refrescà la situación de revista. Tenès que ver todo. Lamentablemente los perìodos posteriores a la moratoria si son autónomos son re caros, y no te queda otra que pagarlos si te hacen falta. No se me ocurre otra opción si quiere jubilarse ahora.
Puede dar de baja ese autónomo y seguir pagando monotributo hasta que achique deuda digamos, pero se pierde meses de jubilaciòn.
También podès preguntar en anses si podès ingresar la jubilaciòn con un plan de pago de mis facilidades de afip por esos meses que nececitàs. Tal vez con algunas cuotas pagas del plan te tomen la jubilaciòn. Esperemos otra opinión..
DRA. ALEJANDRA, POR FAVOR ME PUEDE CONTESTAR MI MENSAJE PRIVADO