Dres. buen día, tengo la siguiente consulta. Presente demanda de alimentos, se designo audiencia para diciembre y mi duda es si primero debo notificar la audiencia y en caso de no llegar a un acuerdo notificar la demanda después o primero la demanda y luego la audiencia. Entiendo que primero se notifica la audiencia y en caso de no existir acuerdo la demanda, pero hablando con alguien me genero esa duda. Desde ya muchas gracias.