Buenas noches colegas. Hace pocos meses que me inicié en el ejercicio de la profesión, y actualmente me surgieron varias dudas respecto al Pacto de Cuota Litis. He visto que varios colegas celebran el pacto con el cliente pero nunca lo presentan a homologación. Entiendo que si no se homologa y el cliente no paga lo convenido no se podrá ejecutar luego el pacto judicialmente por incumplimiento del mismo. Las dudas son:
1) ¿Cuáles son las desventajas de homologar el pacto? La inquietud la tengo por ver como mencioné anteriormente que los colegas no lo homologan
2) Habiendo pacto homologado, entiendo que si el juicio se pierde no se le podrán cobrar honorarios al cliente, pero si a su vez es condenado en costas el cliente por haber perdido, ¿eso afecta al abogado si tiene pacto homologado? ¿Debe el abogado en ese caso también cargar con las costas por haber sido vencido su cliente?, es decir, ¿participa de la pérdida?
3) Si tengo pacto homologado, además de cobrarle el % estipulado a mi cliente, ¿el juez regula honorarios a mi favor a cargo de la parte demandada perdidosa?
Espero que me puedan aclarar las dudas. Muchas gracias.-
1) ¿Cuáles son las desventajas de homologar el pacto? La inquietud la tengo por ver como mencioné anteriormente que los colegas no lo homologan
2) Habiendo pacto homologado, entiendo que si el juicio se pierde no se le podrán cobrar honorarios al cliente, pero si a su vez es condenado en costas el cliente por haber perdido, ¿eso afecta al abogado si tiene pacto homologado? ¿Debe el abogado en ese caso también cargar con las costas por haber sido vencido su cliente?, es decir, ¿participa de la pérdida?
3) Si tengo pacto homologado, además de cobrarle el % estipulado a mi cliente, ¿el juez regula honorarios a mi favor a cargo de la parte demandada perdidosa?
Espero que me puedan aclarar las dudas. Muchas gracias.-