Estimados tengo esta duda: Tengo un juicio laboral en capital con sentencia de primera instancia en donde me dan como tasa de interés la dispuesta en primer lugar por acta 2601 y luego 2630.... hasta ahi todo en orden...
Ya esta en camara...maldita sala.... hace un año, y mucho paso desde entonces... principalmente la aparicion de la nueva acta de la CNAT que brinda tasas de interes mayores al 36% que fijaba la 2630.
La tasa de interes no esta apelada por ninguna de las partes motivo por el cual entiendo que quedaria en tal sentido lo dispuesto por el juez de primera instancia.
Ahora la pregunta que seguro ya vienen viendo:
Puedo al momento de practicar liquidacion, aplicar el acta 2601 hasta su vigencia y luego el acta 2630 hasta su vigencia y luego la nueva acta 2658 hasta el dia de la fecha? o solo podre aplicar el acta 2601 hasta su vigencia y luego el acta 2630 hasta el dia de la fecha, extendiendo su vigencia y perdiendo intereses y capital por inflacion....
Entiendo que puede existir un planteo del otro lado por el tema de la cosa juzgada... pero tal vez de mi lado tengo algo que plantear al momento de liquidar....
Bueno espero sus comentarios, muchas gracias!
Ya esta en camara...maldita sala.... hace un año, y mucho paso desde entonces... principalmente la aparicion de la nueva acta de la CNAT que brinda tasas de interes mayores al 36% que fijaba la 2630.
La tasa de interes no esta apelada por ninguna de las partes motivo por el cual entiendo que quedaria en tal sentido lo dispuesto por el juez de primera instancia.
Ahora la pregunta que seguro ya vienen viendo:
Puedo al momento de practicar liquidacion, aplicar el acta 2601 hasta su vigencia y luego el acta 2630 hasta su vigencia y luego la nueva acta 2658 hasta el dia de la fecha? o solo podre aplicar el acta 2601 hasta su vigencia y luego el acta 2630 hasta el dia de la fecha, extendiendo su vigencia y perdiendo intereses y capital por inflacion....
Entiendo que puede existir un planteo del otro lado por el tema de la cosa juzgada... pero tal vez de mi lado tengo algo que plantear al momento de liquidar....
Bueno espero sus comentarios, muchas gracias!