solipsista escribió: ↑Sab, 21 Feb 2015, 23:44
El objetivo de que emitan factura es que tributen. Si los honorarios los cobran judicialmente, el Banco -que es un agente de retención según el art. 2 de la RG 1105/2001- les retiene automáticamente lo correspondiente al IVA. Por eso, no tiene sentido que se le requiera que hagan nuevamente una factura y, justamente por eso, no son ningunos chantas, porque están cumpliendo con sus obligaciones fiscales. Creo que esto es así, ¿o me equivoco?
Estás en lo cierto, sólo agregaría que el banco no retiene el 21% exacto de IVA total, retiene un poquito menos, y la diferencia la deposita el abogado despues en AFIP, y si no lo hace no hace falta que lo denuncie nadie, AFIP vendrá solito a buscarlo jaja saludos