Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Revocacion de poder Gral. Escribania se opone

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #813706  por Loren27
 
Hola! quisiera consultarles, ya que vino un persona y me comento que hace un año le otorgo un poder general a un abogado para llevar adelante una mediación por un accidente de transito. el tramite termino conciliado. Ahora bien, el quiere revocarle ese poder general al abogado yo le recomendé que si tenia pago los honorarios ( cosa que si, me puso a disposición la factura correspondiente) le podíamos enviar na carta documento ya sasi revocar el poder.
Es allí que me dice, que la escribana que hizo el poder, le dijo que tenían que hacer un nuevo documento certificado por ella para revocan el poder otorgado, y que un abogado no puede revocar el poder otorgado por escribanía.
He aquí mi duda, yo tengo entendido que si se le notifica al abogado por medio fehaciente de la revocación del poder esto es suficiente. SI ESTOY EQUIVOCADA POR FAVOR LES PIDO ME INSTRUYAN SOBRE ESTO.
GRACIAS!!1
 #813713  por cfg
 
Sí, se puede revocar por CD. El tema es que si en tu jurisdicción inscriben los poderes si se hace esta nueva escritura de revocación del poder también se inscribe y queda claro en el registro de poderes (de esta forma la Escribana cobra de nuevo)...
 #813750  por vic2
 
perdon..eh aqui una escribana de CABA. El tema es asi..
Para yo dejar constancia de una revocatoria de poder en la escritura propiamente dicha, la misma debe ser otorgada por escritura de revocacion. Esa escritura de revocacion se puede otorgar ante cualquier escribano y en la misma se pone que por cartA documento se le debe notificar al "apoderado"
Ahora... vos podes mandar una carta documento al apoderado diciendo que le revocas el poder...pero no a la escribana, ella no va a tomar razon.
De que jurisdicción es?
Saludos
 #813788  por Loren27
 
Gracias a ambos por responder. En este caso el poder fue otorgado en CABA, y mi clienta ya tiene en su poder el poder qe le habia otorgado a la escribana. Entonces que me recomiendan?
 #813819  por cfg
 
o le manda una CD al abogado o hace la revocación con la escribana
 #1235934  por Noronhaoro
 
Buenas Noches!¡
Preguntónta 😊 ' una revocación de poder hecha vía abogado modelo CD, necesita pasar por escribania? O tiene el mismo efecto que hacer por la escribania?
Me explico?!
Gracias X responder! 😊😉