Buenas colegas, les consulto sobre una situación que se me presento: Tengo un cliente al que se le inició un reclamo por cuota alimentaria (Padre tiene 40 años e hija de 12) el padre lleva tiempo sin empleo, hace changas, pero solo le alcanza para mantenerse y pocas veces pudo colaborar a su hija, razón por la cual le inician un reclamo por cuota alimentaria al abuelo paterno (que en realidad no es el padre Biológico, sino que es Reconocido por esta persona), este señor trabaja en relación de dependencia, hace muchos años.
Ante el reclamo por parte de la madre del menor al abuelo, se llega a un acuerdo “Sin embargo de cuota” en el recibo de dicho abuelo, sino que se comprometen a depositar la suma de $15.000,00 del 1 al 10, dicho acuerdo es suscripto por el abuelo en condición de garante de dicha obligación asumida, cosa de que, si no se cumple el convenio, se procederá al embargo de la suma acordada directamente al abuelo garante.
El tema es que ahora este abuelo, quiere presentar una “impugnación de Paternidad”, sobre su hijo de 40 años, con el fin de evitar que le lleguen a embargar el sueldo y dejar de responder por las obligaciones este hijo reconocido.
La verdad es que el planteo me parece bastante difícil de que tenga buena recepción para la justicia, no solo por el interés del menor que se vería afectado, sino porque ya pasaron más de 30 años desde el reconocimiento efectuado, para que ahora quieran venir a “impugnar” la paternidad otorgada voluntariamente, no sé, lo veo muy agarrado de los pelos, por eso lo someto a la consideración de los colegas del foro, para ver que opinan al respecto.
Aguardo sus comentarios al respecto, Saludos Cordiales…
Ante el reclamo por parte de la madre del menor al abuelo, se llega a un acuerdo “Sin embargo de cuota” en el recibo de dicho abuelo, sino que se comprometen a depositar la suma de $15.000,00 del 1 al 10, dicho acuerdo es suscripto por el abuelo en condición de garante de dicha obligación asumida, cosa de que, si no se cumple el convenio, se procederá al embargo de la suma acordada directamente al abuelo garante.
El tema es que ahora este abuelo, quiere presentar una “impugnación de Paternidad”, sobre su hijo de 40 años, con el fin de evitar que le lleguen a embargar el sueldo y dejar de responder por las obligaciones este hijo reconocido.
La verdad es que el planteo me parece bastante difícil de que tenga buena recepción para la justicia, no solo por el interés del menor que se vería afectado, sino porque ya pasaron más de 30 años desde el reconocimiento efectuado, para que ahora quieran venir a “impugnar” la paternidad otorgada voluntariamente, no sé, lo veo muy agarrado de los pelos, por eso lo someto a la consideración de los colegas del foro, para ver que opinan al respecto.
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