Hola, soy de Mendoza. Nuevo en la profesión y en el foro.
Empecé a trabajar con un colega hace unos meses.
Ha llegado a nosotros un cliente al que le han incautado un cargamento en 2017 y nos pidió su recuperación.
Viajando de Mendoza a Chile Gendarmeria Nacional lo inspecciona e incauta la mercadería que llevaba labrando un acta con la participación de un testigo y procediendo al depósito de los bienes incautados.
Teniendo los impuestos aduaneros pagados, pidió la devolución de la carga pero se ha encontrado con una multa de $70.000.
Planeaba impugnar el acta por improcedente, ya que no es manifiesto que estuviera en infracción. Cuento con poder. Pero necesito orientación de como hacerlo, o si no corresponde qué es lo que puedo hacer y si puedo evitar el pago de la multo en vez de pedir repetición después de pagarla.
Muchas Gracias
Empecé a trabajar con un colega hace unos meses.
Ha llegado a nosotros un cliente al que le han incautado un cargamento en 2017 y nos pidió su recuperación.
Viajando de Mendoza a Chile Gendarmeria Nacional lo inspecciona e incauta la mercadería que llevaba labrando un acta con la participación de un testigo y procediendo al depósito de los bienes incautados.
Teniendo los impuestos aduaneros pagados, pidió la devolución de la carga pero se ha encontrado con una multa de $70.000.
Planeaba impugnar el acta por improcedente, ya que no es manifiesto que estuviera en infracción. Cuento con poder. Pero necesito orientación de como hacerlo, o si no corresponde qué es lo que puedo hacer y si puedo evitar el pago de la multo en vez de pedir repetición después de pagarla.
Muchas Gracias