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  • pago con acciones ,preciso opciones para obligar a que las paguen

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 #1238478  por magoo983
 
tengo el siguiente tema, en juicio laboral con sentencia firme , a mi cliente y a mi nos abonaron con acciones, en el año 2013 y argumentaron que las mismas se comenzarían a pagar a partir del 2019 , pero cuando los ejecutivos de dicha empresa lo quisieran.
La cuestión que le estoy pidiendo al juez ,que el demandado informe al juzgado el valor actual actual de dichas acciones (dado que sufren una amortización anual según las utilidades de la empresa) y a su vez que se fije fecha de liquidación de las mismas . El juzgado no hace nada lo único que dice es
Buenos Aires, 11 de febrero de 2019.
Por contestado el traslado.
Hágase saber a la actora lo manifestado por la demandada
fecha de firma 24 de abril 2019 (tuve que presentar un pronto despacho)
Buenos Aires, 23 de abril de 2019.
A fs. 880: Estese a lo actuado en autos.
A fs. 881: Estese a la respuesta brindada por la demandada a fs. 87 (fecha de firma 24/04)
tengo 5 días para contestar estos proveídos pero ya se me agotaron todas las ideas alguien tiene alguna opinión se los agradecería
 #1238532  por Tuiti
 
magoo983 escribió: Jue, 25 Abr 2019, 15:09 tengo el siguiente tema, en juicio laboral con sentencia firme , a mi cliente y a mi nos abonaron con acciones, en el año 2013 y argumentaron que las mismas se comenzarían a pagar a partir del 2019 ¿ El convenio quedó así de amplio ? , pero cuando los ejecutivos de dicha empresa lo quisieran. Entiendo que les pagaron con acciones de la empresa demandada. Por lo tanto es una SA o una SCA. Quien decide fechas de pago de dividendos, cupones, rescate, etc. es la Asamblea Ordinaria o Extraordinaria, según corresponda.
La cuestión que le estoy pidiendo al juez ,que el demandado informe al juzgado el valor actual actual de dichas acciones Creo que debieras pedirle el balance - obviamente certificado - a la última fecha de cierre de ejercicio - por lo menos- y desde ahí se determina el valor de cada acción (dado que sufren una amortización anual ¿ Pago de dividendos o rescate o realmente una amortización de acciones que quedan en poder de la sociedad y no significan reducción de capital social ?según las utilidades de la empresa) y a su vez que se fije fecha de liquidación de las mismas Yo pediría Acta de Asamblea que lo decida . El juzgado no hace nada lo único que dice es
Buenos Aires, 11 de febrero de 2019.
Por contestado el traslado.
Hágase saber a la actora lo manifestado por la demandada
fecha de firma 24 de abril 2019 (tuve que presentar un pronto despacho)
Buenos Aires, 23 de abril de 2019.
A fs. 880: Estese a lo actuado en autos.
A fs. 881: Estese a la respuesta brindada por la demandada a fs. 87 (fecha de firma 24/04)
tengo 5 días para contestar estos proveídos pero ya se me agotaron todas las ideas alguien tiene alguna opinión se los agradecería

Tiene razón el DRalonso en lo que te dice y pregunta.
Lo que yo escribí sólo apunta a clarificar un poco tu planteo porque la verdad es que no lo entiendo.
 #1244922  por magoo983
 
estimado paso algun tiempo desde mi ultima consulta por este tema , le comento hice caso a lo indicado, y como resultado conseguimos una audiencia a celebrarse en el mes de setiembre dado que como se ve que los tenemos cansados hasta nuestros honorarios nos quieren pagar .
La pregunta puedo pedirle al juez que exija a la srl que fije fecha de asamblea extraordinaria para tratar el rescate de estas acciones , que fije fecha de pago en forma unilateral o pedir la quiebra por incumplimiento de pago.
que me conviene mas???
 #1244923  por DRalonso
 
puedo pedirle al juez que exija a la srl que fije fecha de asamblea extraordinaria para tratar el rescate de estas acciones: INTENTALO EN LA AUDIENCIA

"fecha de pago en forma unilateral" ¿QUE LA FIJE EL JUZGADO?

pedir la quiebra por incumplimiento de pago: PODES INTENTARLO DESPUES DE LA AUDIENCIA, EN LA CUAL ADVERTIRAS QUE SIN ARREGLO SERA EL PROXIMO PASO
 #1244976  por Tuiti
 
magoo983 escribió: Mar, 20 Ago 2019, 16:28 estimado paso algun tiempo desde mi ultima consulta por este tema , le comento hice caso a lo indicado, y como resultado conseguimos una audiencia a celebrarse en el mes de setiembre dado que como se ve que los tenemos cansados hasta nuestros honorarios nos quieren pagar .
La pregunta puedo pedirle al juez que exija a la srl Perdón pero se me quemaron los papeles. ¿ Es una SRL ? ¿Entonces de qué acciones hablamos ? ¿ Les pagaron con acciones de una 3º sociedad ? No entiendo nada. que fije fecha de asamblea extraordinaria para tratar el rescate de estas acciones , que fije fecha de pago en forma unilateral o pedir la quiebra por incumplimiento de pago.
que me conviene mas???
 #1244991  por magoo983
 
la empresa se llama "Tallares graficos xxxx e hijos SACIFI esta empresa
entro en concurso y el acuerdo concursal consistió en que los acreedores quirografarios ,con privilegio general , privilegio laboral general y especial recibirían el pago del 100% de sus créditos en acciones preferidas con rescate programado l(clase A, clase b, clase c y clase d) en donde los accionistas clase A tienen opción de rescatar el resto de las acciones a partir del 6 año de emitidas las mismas , el tema que ya estamos en fecha , no hay intención de rescatar y/o pagarlas .
Por eso estoy buscando la solución o que opciones tengo
 #1245021  por Tuiti
 
Ah, no era una S.R.L , es una S.A.C.I.F.I, con razón las acciones.
Creo que lo que más conviene, tal como está planteada ahora la situación, es presionar en la audiencia para que se fije la fecha de pago del crédito ( y de honorarios ), porque si los abogados lo plantearon es porque la asamblea ya se realizó y ésa debe ser la decisión que tomó. Si largaron la idea como para calmarte y no se hizo aún la asamblea, ése será el momento que fijen la fecha de la misma y claramente el punto que decida el rescate; ahí es el momento de presionar con la amenaza del inmediato pedido de quiebra.

Pero, transcribo lo que vos decís > " ... en donde los accionistas clase A tienen opción de rescatar el resto de las acciones a partir del 6 año de emitidas las mismas ... " >>> Si realmente así es el acuerdo, o sea, "a partir", yo te discutiría a muerte que no tienen la obligación de hacerlo ya ( sólo tenían la prohibición de hacerlo antes ), seguramente la claúsula que los obliga debe existir porque así planteado , no creo que puedas hacer mucha presión.