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  • COMO ESCRITURAR??

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 #1245310  por resolucionjudicial
 
Me llegó un caso que ya está casi terminado, (juicio de escrituración en la Plata) mí cliente había comprado un lote en la costa y nunca se escrituró, (en el expediente hay 3 demandados, los 3 están casi declarados rebeldes, los notificaron bajo responsabilidad de parte actora), luego de esto se va a dictar sentencia. Mí pregunta es: por más q tenga la sentencia donde se los declara rebeldes a los demandados podré escriturar? O necesito sí o sí de ellos para poder escriturar?
 #1245315  por emily5984
 
Hola. En mi experiencia (en otra jurisdicción) la sentencia ordena escriturar, se notifica, queda firme. Si no firman los los titulares lo hace el juez (en mi caso delegó la facultad al secretario). Al tratarse de un juicio ordinario, incumplida la sentencia, hubo que hacer proceso de ejecución de sentencia.- Saludos.-
 #1245322  por resolucionjudicial
 
emily5984 escribió: Mar, 27 Ago 2019, 09:58 Hola. En mi experiencia (en otra jurisdicción) la sentencia ordena escriturar, se notifica, queda firme. Si no firman los los titulares lo hace el juez (en mi caso delegó la facultad al secretario). Al tratarse de un juicio ordinario, incumplida la sentencia, hubo que hacer proceso de ejecución de sentencia.- Saludos.-

Muchas gracias por tu respuesta, acá seguramente nunca aparezcan los titulares porque fue la venta de un lote en la costa a través de una constructora. Consulta, cuánto aproximadamente le debo cobrar? Teniendo en cuenta que falta la sentencia y luego seguramente hacer proceso de ejecución de sentencia? Y en tu caso en que jurisdicción fue? Cualquier dato que me puedas brindar me viene súper bien porque es la primera vez que me toca un caso así, me dedico a laboral. Saludos.
 #1245421  por emily5984
 
resolucionjudicial escribió: Mar, 27 Ago 2019, 11:01
emily5984 escribió: Mar, 27 Ago 2019, 09:58 Hola. En mi experiencia (en otra jurisdicción) la sentencia ordena escriturar, se notifica, queda firme. Si no firman los los titulares lo hace el juez (en mi caso delegó la facultad al secretario). Al tratarse de un juicio ordinario, incumplida la sentencia, hubo que hacer proceso de ejecución de sentencia.- Saludos.-

Muchas gracias por tu respuesta, acá seguramente nunca aparezcan los titulares porque fue la venta de un lote en la costa a través de una constructora. Consulta, cuánto aproximadamente le debo cobrar? Teniendo en cuenta que falta la sentencia y luego seguramente hacer proceso de ejecución de sentencia? Y en tu caso en que jurisdicción fue? Cualquier dato que me puedas brindar me viene súper bien porque es la primera vez que me toca un caso así, me dedico a laboral. Saludos.
Hola. Yo trabajo en el interior del país, todas mis causas fueron siempre fuera de CABA y de provincia de Buenos Aires.- Yo cobro un porcentaje sobre el valor del inmueble. Generalmente pido un adelanto de gastos (aproximadamente un 30% del valor total que pretendo cobrar). También solicito que no se ejecute hasta que preste conformidad arancelaria. Saludos