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  • parentesco por afinidad

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 #1247340  por msal
 
Tengo una duda: mi clienta es viuda y un hijo de la hermana del marido fallecido inicio un expte de determinacion de la capacidad en el que solicita ser designado su curador definitivo ante la ausencia de otro familiar mas cercano.. Queria ver si estaba legitimado para ello,ya que el parentesco por afinidad para iniciar una determinación de la capacidad solo llega al segundo grado por afinidad. Tengo dudas por que creo que el esta en un tercer grado, y no en un segundo grado. Alguien que pueda opinar? Gcias
 #1247342  por legalescom
 
Efectivamente, se encuentra en el tercer grado de afinidad, por lo tanto, no le corresponde ser designado curador.
 #1247346  por msal
 
Si, un poco débil, pero normal para su edad. (88). Gcias x responder. Slds
 #1247348  por msal
 
Si. Muchas gracias por la ayuda. Slds
 #1247351  por ccolalongo
 
Tal cual y que la vigilen bien de ese porque es obvio que quiere desplumar a tu clienta, ¿tiene bienes o firmó algún testamento?
DRalonso escribió: Mié, 25 Sep 2019, 17:33 BUENO, TENES ARGUMENTO PARA DEFENDERLA

PERO ARREGLA BIEN TUS HONORARIOS!!!
 #1247354  por legalescom
 
El curador, puede vender los bienes inmuebles del insano, sólo, con autorización judicial y en pública subasta.
 #1247360  por msal
 
La ultima duda: el fallecimiento del cónyuge no corta el parentesco de afinidad de la superstite con la flia de aquel? Perdón si la pregunta es muy básica...
Gcias
 #1247362  por legalescom
 
Entiendo que no, ya que se ha dicho en doctrina: "La afinidad sobrevive como impedimento para contraer matrimonio aún después de producida la disolución del vínculo por muerte de uno de los cónyuges".