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  • Nueva Ley de Alquileres. Actualizaciones

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 #1258437  por Nancys
 
Buenos días colegas, por favor, quisiera pedirles su colaboración con la siguiente duda respecto a la modificaciones en torno a la Le de alquileres. Tengo que confeccionar un contrato de arrendamiento de una fracción rural, que también posee vivienda. Mi consulta es:
1) Las modificaciones rigen también en ese tipo de locaciones y las comerciales, o es solo para locaciones con fines habitacionales? En este caso el destino principal del inmueble es el cultivo, pero el locatario vivirá en una casa que está dentro del predio.
2) Les parece que puedo fijar precios anuales escalonados, es decir un precio para el primer año, otro para el segundo y uno mayor para el tercero teniendo en cuenta la inflación?
3) O por el contrario en caso de aplicarse la Ley 27.551 debo fijar un único precio en pesos para los 3 años de vigencia y este actualizarse anualmente de acuerdo al índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE)?
Desde ya muchas gracias a quien pueda brindar su aporte!!
 #1258442  por legalescom
 
En principio, para tu caso, se aplica la ley N° 13.246 de arrendamientos y aparcerías rurales. La Nueva ley de Alquileres no, y el DNU 320/2020, refiere en su: ART. 11.- EXCLUSIÓN: Quedan excluidos del presente decreto los contratos de arrendamiento y aparcería rural contemplados en la Ley Nº 13.246 con las excepciones previstas en el artículo 9° inciso 4, y los contratos de locación temporarios previstos en el artículo 1199 del Código Civil y Comercial de la Nación. Par más detalles entrá a

https://agroverdad.com.ar/2020/03/conge ... ndamientos
 #1258444  por Nancys
 
Muchas gracias!!! en este caso, si la ley no perdió vigencia veo que podria hacer los alquileres escalonados y escapar de las modificaciones. La duda principal era porque el locatario también vivirá en un inmueble que se encuentra dentro del predio alquilado, pero por la extensión del campo (10 Hectareas) creo que seria lo que la normativa designa como un inmueble rural destinado a pequeña producción agropecuaria familiar.
Mil gracias por tu aporte! *flor*
 #1275561  por Federicogi
 
Buenos días, Nancys. Te consulto, ¿existe impedimento alguno para que pacte alquileres escalonados semestralmente en un contrato de arrendamiento rural? Por lo que he leído, si se establecen claramente los montos a abonarse en cada período, no existiría óbice alguno, pero quiero cerciorarme antes de hacerlo, ya que - como sabrás - hay quienes sostienen que colisiona con la normativa.

¡Muchas gracias!