Un acreedor inicia un proceso de ejecucion hipotecaria contra una persona que no es deudora, lafirma es falsa, jamas firmo esa escritura.
¿ el incidente de redargucion de falsedad lo promuevo en el proceso de ejecucion hipotecaria?
No entiendo el art. 395 CPCCN cuanso dice " dentro de los 10 dias de realizada la impugnacion". ¿Esto ultimo quiere decir que en el expediente principal puedo decir impugno la escritura por ser falsa mi firma y nada mas que eso y dentro de los 10 dias promuevo el incidente en ese mismo expediente ofreciendo prueba y luego el juez ordena formar el kncidente?
¿ el incidente de redargucion de falsedad lo promuevo en el proceso de ejecucion hipotecaria?
No entiendo el art. 395 CPCCN cuanso dice " dentro de los 10 dias de realizada la impugnacion". ¿Esto ultimo quiere decir que en el expediente principal puedo decir impugno la escritura por ser falsa mi firma y nada mas que eso y dentro de los 10 dias promuevo el incidente en ese mismo expediente ofreciendo prueba y luego el juez ordena formar el kncidente?