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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1260125  por mariana2020
 
Buen dìa. Los fallos "Makler" y "Valonte" también aplica para monotributo? o es solo para autónomo?
Gracias
 #1260153  por lucky
 
Interesante pregunta. No hay (por lo menos no las vi) sentencias aplicando esa doctrina en casos de monotributo.
Y los artículos de los previsionalistas se refieren siempre a AUTONOMOS.
Y si se analiza el tema del componente previsional del MT, aún en las categorías más altas es bajo en relación al componente "impuesto integrado".
La categoría K aporta al SIPA $ 1933,61 (y la "A" $ 745,49), mientras que en el impuesto pagan $ 11741,58 y $ 168.
Es muchísima la diferencia.
Con esto quiero decir que lo que el monotributista paga para jubilarse es muy poco.
No pareciera que se pudieran aplicar esos fallos.
 #1260160  por mariana2020
 
Muchìsimas gracias por la explicaciòn, y también por el consejo.
Gracias realmente.
Saludos
 #1260168  por MARIO1943
 
LOS FALLOS MENCIONADOS DE AUTONOMOS SON INAPLICABLES AL MONOTRIBUTO
LOS FUNDAMENTOS SON LOS SIGUIENTES
1) EN EL CASO DE AUTONOMO SI QUEREMOS CALCULAR EL SUELDO PARA DETERMINAR EL HABER , SE DIVIDE EL APORTE DE AUTONOMO POR O,32% ( EL 0,32% CORRESPONDE APORTES Y RETENCIONES,
JUBILACION APORTE 16%
APORTES O. SOCIAL 5%
APORTE JUBILAT. EMPL 11%
TOTAL 32% DE APORTES Y RETENCIONES
AL DIVIDIR EL APORTE DE AUTONO POR 0,32 , NOS DA EL SUELDO
2) EN EL CASO DEL MONOTRIBUTO , NUNCA TUVO SUELDO SALVO ULTIMAMENTE QUE YA NO ES MAS UN VALOR FIJO PARA TODAS LAS CATEGORIAS SI NO VA AUMENTANDO DE ACUERDO A LA ESCALA
PARA TENER DERECHO A UN SUELDO HABIA QUE HACER UN APORTE VOLUNTARIO Y S E LE COMPUTABA DE SUELDO $ 300, PERO QUE YO SEPA NADIE HIZO APORTE VOLUNTARIO, POR LO TANTO EL MONOTRIBUTO
NO TIENE SUELDO
A partir del aporte básico de $ 35, el monotributista puede pagar, voluntariamente, $ 33 adicionales -$ 68 en total-, ya sea para obtener las prestaciones de reparto o de capitalización. Esta opción, en caso de tomarla, debe especificarla en el formulario 184, de reempadronamiento.
Los montos de esos beneficios, según el decreto reglamentario 806, se calcularán considerando renta imponible un monto de $ 300 (esta cifra hace las veces del salario de un dependiente). Si el contribuyente opta por reparto, en el futuro tendrá derecho a la prestación adicional por permanencia (PAP), equivalente al 0,85% de la renta de referencia por año aportado. Con 30 años de aportes, la prestación que, con los valores hoy vigentes, que podría esperar sería de $ 76,50. Sumada la PBU, el beneficio total sería de $ 276,50, suponiendo que la persona estuvo siempre en el monotributo.
Si se elige capitalización, los $ 33 se ahorrarían en la cuenta individual. Allí, el resultado final dependerá de la rentabilidad y la comisión de la AFJP. Un ejercicio de cálculo, sólo a modo de ejemplo, que toma en cuenta la comisión promedio del sistema actual; supone una leve alza hacia el futuro; prevé una caída del 10% en el fondo por efecto de la reestructuración de deuda pública, y a partir de 2005 una rentabilidad anual promedio del 4%, arroja como resultado un haber mensual de $ 300, ya sumada la PBU.
4) EL APORTE MAXIMO AL SIPA DEL MONOTRIBUTO ES DE $ 1933,61, DIVIDIMOS ESTE IMPORTE POR 0,32
NOS DARIA EN LA CATEGORIA MAXIMA DEL MONOTRIBUTO UN SUELDO DE $ 6044.-(ACTUAL)
ES LO QUE DECIA DESDE UN PRINCIPIO , QUE JUICIO VAS HACER? QUE VAS A RECLAMAR ? SI LA MAXIMA
DA UN SUELDO DE $ 6044, PROMEDIANDO CON LOS ANTERIORES APORTES CUYO SUELDO ERA DE $ CERO, POR NO HABER APORTES VOLUNTARIO, TE VA A DAR UN RESULTADO DE SUELDO NEGATIVO QUE ESTA POR EL PISO , VA DE CAJON A LA JUBILACION MINIMA, IMAGINATE EL QUE NO ESTA EN LA MAXIMA
5) CUANDO UNO QUIERE INICIAR UN JUICIO , TENES QUE HACER UN CALCULO PARA VER LOS RESULTADOS, NO SALIR A CIEGAS A QUERER PEDIR UN REAJUSTE
 #1260175  por MARIO1943
 
COMO DETERMINAR EL HABER DEL MONOTRIBUTISTA

El caso de los periodos aportados como Monotributista, se pueden dar dos situaciones:


1.Si la persona previamente tuvo aportes en relación de dependencia, los periodos del monotributo que van desde la creación del mismo (11/1998) hasta Marzo del 2000 se los computa por el valor de las rentas actualizadas, y los periodos posteriores hasta la fecha no generan derecho a ser computados para la PAP (salvo que la persona hubiese hecho un aporte voluntario adicional). Con la suma de todos esos conceptos más los empleos en relación de dependencia, se llega al haber del jubilado.


1.La segunda situación es la de los monotributistas que solo tienen aportes de monotributo, los mismos acceden al haber mínimo jubilatorio, sin importar la categoría que revistan. Esto es asi, dado que hay tres componentes en la cuota mensual del monotributo: el impositivo, el cual varía de acuerdo a los ingresos declarados del monotributista, el previsional (SIPA), que es igual sin importar los ingresos declarados y otro componente que se transfiere a la obra social en la cual esta adherido el monotributista.
 #1260176  por MARIO1943
 
MAS FUNDAMENTOS PARA PODER DECIR QUE EL MONOTRIBUTISTA SIEMPRE CAE EN LA JUBILACION MINIMA , SIN IMPORTAR LA CATEGORIA QUE REVISTAN ,SEGUN LO EXPLICADO EN EL POST ANTERIOR, SOLO LE SUMA
EN POCOS PESOS AL HABER , EN EL CASO DE APORTES MIXTO, NO ASI OCURRE CUANDO ES MONOTRIBUTO PURO YA QUE ES IMPOSIBLE QUE SUPERE LA JUBILACION MINIMA

COMO DETERMINAR EL HABER DEL MONOTRIBUTISTA


El caso de los periodos aportados como Monotributista, se pueden dar dos situaciones:


1.Si la persona previamente tuvo aportes en relación de dependencia, los periodos del monotributo que van desde la creación del mismo (11/1998) hasta Marzo del 2000 se los computa por el valor de las rentas actualizadas, y los periodos posteriores hasta la fecha no generan derecho a ser computados para la PAP (salvo que la persona hubiese hecho un aporte voluntario adicional). Con la suma de todos esos conceptos más los empleos en relación de dependencia, se llega al haber del jubilado.


1.La segunda situación es la de los monotributistas que solo tienen aportes de monotributo, los mismos acceden al haber mínimo jubilatorio, sin importar la categoría que revistan. Esto es asi, dado que hay tres componentes en la cuota mensual del monotributo: el impositivo, el cual varía de acuerdo a los ingresos declarados del monotributista, el previsional (SIPA), que es igual sin importar los ingresos declarados y otro componente que se transfiere a la obra social en la cual esta adherido el monotributista.
 #1260184  por MARIO1943
 
CORRIJO ,PUSE 5% DE AUTONOMO, ES FONAVI 5% , EL AUTONOMO NO TIENE APORTE DE O SOCIAL
 #1274721  por ROSOL29
 
MARIO1943 escribió: Mar, 08 Sep 2020, 20:33 MAS FUNDAMENTOS PARA PODER DECIR QUE EL MONOTRIBUTISTA SIEMPRE CAE EN LA JUBILACION MINIMA , SIN IMPORTAR LA CATEGORIA QUE REVISTAN ,SEGUN LO EXPLICADO EN EL POST ANTERIOR, SOLO LE SUMA
EN POCOS PESOS AL HABER , EN EL CASO DE APORTES MIXTO, NO ASI OCURRE CUANDO ES MONOTRIBUTO PURO YA QUE ES IMPOSIBLE QUE SUPERE LA JUBILACION MINIMA

COMO DETERMINAR EL HABER DEL MONOTRIBUTISTA


El caso de los periodos aportados como Monotributista, se pueden dar dos situaciones:


1.Si la persona previamente tuvo aportes en relación de dependencia, los periodos del monotributo que van desde la creación del mismo (11/1998) hasta Marzo del 2000 se los computa por el valor de las rentas actualizadas, y los periodos posteriores hasta la fecha no generan derecho a ser computados para la PAP (salvo que la persona hubiese hecho un aporte voluntario adicional). Con la suma de todos esos conceptos más los empleos en relación de dependencia, se llega al haber del jubilado.


1.La segunda situación es la de los monotributistas que solo tienen aportes de monotributo, los mismos acceden al haber mínimo jubilatorio, sin importar la categoría que revistan. Esto es asi, dado que hay tres componentes en la cuota mensual del monotributo: el impositivo, el cual varía de acuerdo a los ingresos declarados del monotributista, el previsional (SIPA), que es igual sin importar los ingresos declarados y otro componente que se transfiere a la obra social en la cual esta adherido el monotributista.
MARIO mil gracias por toda esta explicación justamente consulté en otro post porque a un cliente le liquidaron la jubilación sin la pap y lucky me indicó de éste post. Ahora entiendo el porqué no se lo calcularon en el primer haber, gracias a tu excelente explicación. Gracias MARIO !!