Estimados, un cliente me viene a ver y me consulta por lo siguiente: En 2018 el (padre no conviviente) tras separarse de su pareja llegan a un acuerdo en un expediente de "Régimen de comunicación" dónde también según el se acordó el tema alimentario y le debitan de su sueldo determinado porcentaje. El tema es que hace unos meses su hija se fue de la casa de su madre por un abuso de la pareja de esta ( ya denunció el hecho ante la justicia penal) y por ende la menor de 16 años vive con el.
Mi consulta es si debo desparalizar el citado expediente o inicio uno nuevo s/ cuidado personal? Les agradecería mucho si me orientan!
Gracias de antemano.
Mi consulta es si debo desparalizar el citado expediente o inicio uno nuevo s/ cuidado personal? Les agradecería mucho si me orientan!
Gracias de antemano.