Buenas noches colegas, tengo una gran duda sobre que medio elegir, les comento el caso.
Mi clienta es titular dominial de dos sitios adquiridos en 2016, con gente viviendo, es decir, USURPADORES, ( prov. de Cba ), tiene la escritura, la correspondiente inscripción el el registro de la propiedad y ha abonado todos los impuestos debidos anteriores a la compre y los posteriores a la misma.
Los usurpadores son parientes de la antigua titular dominial que por no tener recursos económicos para poder desalojarlos decide vender los inmuebles y mi clienta asume la responsabilidad de esto; todo transcrito en la escritura.
Mi duda acerca de elegir una u otra vía es porque: Los usurpadores, usurpan sin título, es decir con tenencia precaria lo cual luego de una intimación por CD no sería un problema para iniciar un juicio de desalojo, además de que no tienen título, no pueden acreditar pagar ni siquiera impuestos. Pero si estos usurpadores prueban una posesión anterior a la adquisición de mi clienta ( teniendo en cuenta que esto esta escrito en la escritura también ) se me cae el juicio de desalojo, entonces debería iniciar una REINVINDICACION con medidas preparatorias y demás.
Leo sus opiniones, es mi primer caso de este tipo, muchas gracias desde ya por los aportes.
Mi clienta es titular dominial de dos sitios adquiridos en 2016, con gente viviendo, es decir, USURPADORES, ( prov. de Cba ), tiene la escritura, la correspondiente inscripción el el registro de la propiedad y ha abonado todos los impuestos debidos anteriores a la compre y los posteriores a la misma.
Los usurpadores son parientes de la antigua titular dominial que por no tener recursos económicos para poder desalojarlos decide vender los inmuebles y mi clienta asume la responsabilidad de esto; todo transcrito en la escritura.
Mi duda acerca de elegir una u otra vía es porque: Los usurpadores, usurpan sin título, es decir con tenencia precaria lo cual luego de una intimación por CD no sería un problema para iniciar un juicio de desalojo, además de que no tienen título, no pueden acreditar pagar ni siquiera impuestos. Pero si estos usurpadores prueban una posesión anterior a la adquisición de mi clienta ( teniendo en cuenta que esto esta escrito en la escritura también ) se me cae el juicio de desalojo, entonces debería iniciar una REINVINDICACION con medidas preparatorias y demás.
Leo sus opiniones, es mi primer caso de este tipo, muchas gracias desde ya por los aportes.