Buen día, colegas! A mi cliente el padre le donó en vida un departamento (según el viejo Código Civil). Fallece el padre y ahora debería colacionar en la sucesión. El tema es que por el monto del inmueble, el mismo podría entrar dentro de la porción disponible, pero al haber 4 hijos/herederos más en la sucesión esto no sería posible, ¿no? Por ser un adelanto de herencia se debería colacionar sí o sí. El causante no dejó ninguna disposición de mejora a mi cliente. Gracias.