Buenas tardes colegas, planteo el siguiente caso que me tiene mareadísima: enfermera de oncologia, edad 58 años. Por ley 24004, art 24 entiendo es régimen diferencial (52 años/30 aportes).
Trabaja hace 21 años en hospital de oncologia, pero le extendieron certificación de servicios como "serv. comunes". Ya pidió rectificación; hice prorrateo necesitaría 54 edad/8a 4m de aportes comunes, que los tiene.
Consultas:
1 - En los recibos hay un item que dice "RIESGO". En caso de que la certificación no la hagan o la hagan mal de nuevo (como serv. comunes), con esos recibos, ¿es suficiente para acreditar el carácter diferencial, aunque el empleador no haya hecho los aportes como tales?
2- Tiene un reconocimiento de servicios hecho en 2014, donde se los tomaron como servicios comunes; ¿puede ahora con una nueva certificación donde conste que son diferenciales acreditarlos como tales, o presentando los recibos? ¿O anses toma lo establecido en el exp. de reconocimiento?
Desde ya muchísimas gracias!
Trabaja hace 21 años en hospital de oncologia, pero le extendieron certificación de servicios como "serv. comunes". Ya pidió rectificación; hice prorrateo necesitaría 54 edad/8a 4m de aportes comunes, que los tiene.
Consultas:
1 - En los recibos hay un item que dice "RIESGO". En caso de que la certificación no la hagan o la hagan mal de nuevo (como serv. comunes), con esos recibos, ¿es suficiente para acreditar el carácter diferencial, aunque el empleador no haya hecho los aportes como tales?
2- Tiene un reconocimiento de servicios hecho en 2014, donde se los tomaron como servicios comunes; ¿puede ahora con una nueva certificación donde conste que son diferenciales acreditarlos como tales, o presentando los recibos? ¿O anses toma lo establecido en el exp. de reconocimiento?
Desde ya muchísimas gracias!