hola colegas, perdón la molestia, ojala me puedan ayudar. homologue un acuerdo de familia en provincia de buenos aires, me regularon los honorarios respecto al regimen de comunicación y cuidado personal a cargo de mi clienta, pero no así con relación a los alimentos a cargo del alimentante, y me despachan: "4) Diferir la regulación de honorarios respecto del acuerdo sobre alimentos hasta tanto se cuente con pautas que permitan la determinación de la base regulatoria (art. 39 de la ley 14967).-" Leí el articulo obviamente, pero sinceramente no entiendo que tengo que hacer. Muchas gracias!