Hola a todos ! Se me presenta una duda muy grande con respecto a trabajo a domicilio . El caso es el siguiente : Una persona tiene un tallercito de parado EN SU CASA donde hacen zapatos para una Fabrica de zapatos, donde solo trabaja esta persona y su familia , tiene un ayudante.
Segun la ley que lo regula , ley 12713 , en su art. 3 dice que es trabajo a domicilio por cuenta ajena el que se realiza en la vivienda de un obrero o en un local elegido por el para un patrono, tallerista o intermediario aun cuando en la realizacion del trabajo participen los miembros de la familia del obrero, un aprendiz o un ayudante - Tambien habla de los talleristas , y se entiende por tal cuando tienen dos o mas obreros. Hasta ahora pareceria que habria relacion laboral (ya que solo tiene un obrero esta persona y los demas son miembros de la familia), pero luego la jurisprudencia dice que hay que analizar cada caso en concreto para saber si hay relacion laboral o no con las normas de la LCT, mas alla de lo que diga la ley 12713 . La verdad hay muy poca jurisprudencia y la que hay es una sola persona que trabaja a domicilio ( hay relacion laboral ) o de talleristas que tienen dos obreros o mas . Mas alla de la independencia economica que puede haber , a mi me parece que esta persona es mini empresario , por lo que no habria en realidad relacion laboral (no nos olvidemos que el trabajo es personal y aca trabajan varias personas, hay varias normas que irian en contra para encuadrarla bajo una relacion laboral ) . Lo que yo quiero es saber si ustedes saben algo del tema , la verdad se me re complica, no tengo experiencia en el caso y la doctrina y jurisprudencia sobre el tema es muy poca y no aclara nada.
Por otro lado, si no es laboral, y te quitan el trabajo de un dia para el otro , pero no hay nada registrado ni firmado... la fabrica no quiere recibir las facturas de esta persona , quiere trabajar todo en negro . ¿ se podria hacer un daños y perjuicios ? ¿ como seria esto ? ahi si que ni idea , a mi me parece que si es una figura de locacion de servicios ... medio complicado el tema para obtener alguna indemnizacion, pero bueno si alguien sabe de alguna salida , se los agradeceré-
Segun la ley que lo regula , ley 12713 , en su art. 3 dice que es trabajo a domicilio por cuenta ajena el que se realiza en la vivienda de un obrero o en un local elegido por el para un patrono, tallerista o intermediario aun cuando en la realizacion del trabajo participen los miembros de la familia del obrero, un aprendiz o un ayudante - Tambien habla de los talleristas , y se entiende por tal cuando tienen dos o mas obreros. Hasta ahora pareceria que habria relacion laboral (ya que solo tiene un obrero esta persona y los demas son miembros de la familia), pero luego la jurisprudencia dice que hay que analizar cada caso en concreto para saber si hay relacion laboral o no con las normas de la LCT, mas alla de lo que diga la ley 12713 . La verdad hay muy poca jurisprudencia y la que hay es una sola persona que trabaja a domicilio ( hay relacion laboral ) o de talleristas que tienen dos obreros o mas . Mas alla de la independencia economica que puede haber , a mi me parece que esta persona es mini empresario , por lo que no habria en realidad relacion laboral (no nos olvidemos que el trabajo es personal y aca trabajan varias personas, hay varias normas que irian en contra para encuadrarla bajo una relacion laboral ) . Lo que yo quiero es saber si ustedes saben algo del tema , la verdad se me re complica, no tengo experiencia en el caso y la doctrina y jurisprudencia sobre el tema es muy poca y no aclara nada.
Por otro lado, si no es laboral, y te quitan el trabajo de un dia para el otro , pero no hay nada registrado ni firmado... la fabrica no quiere recibir las facturas de esta persona , quiere trabajar todo en negro . ¿ se podria hacer un daños y perjuicios ? ¿ como seria esto ? ahi si que ni idea , a mi me parece que si es una figura de locacion de servicios ... medio complicado el tema para obtener alguna indemnizacion, pero bueno si alguien sabe de alguna salida , se los agradeceré-