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  • vencimiento del embargo???

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 #132279  por navarronavarro
 
estimados colegas, los molesto a fin de que me puedan asesorar. no me dedico a derechos reales, pero me llego un caso y lo tengo q resolver...
mi clienta vive en una casa, la cual la quiere comprar. su dueña no tiene problemas en vendersela, solo q cuando pedi un informe de dominio al reg de la prop inm de pcia de bs as , me surgieron varios embargos q recaen sobre el inmueble. el ultimo data de fecha 1999. estoy mareada, se q la puedo adquirir y de mas con el embargo o la otra opcion seria hacernos cargos de los mismo...yo quisiera jugar con el tema de la prescripcion ya q segun el codigo seria una variable...pero nose bien el plazo o si rige alguna legislacion particular...
agradezco sus colaboraciones...
atte
noe navarro

 #132303  por borshis
 
El embargo debe reinscribirse a los 5 años, si no se lo reinscribe ha caducado. Debés verificar que cada uno de ellos hayan sido reinscriptos, de lo contrario la propiedad estaría ¨limpia ¨...

art. 207 del CPCCPBA y del CPCCBA:

Las inhibiciones y embargos se extinguirán a los cinco años de la
fecha de su anotación en el Registro de la Propiedad, salvo que a petición de parte se reinscribieran antes del vencimiento del plazo, por orden del juez que entendió en el proceso"

 #132341  por gadriana
 
Es como te dice borshis. Pero si tenés alguna duda, fijate en el expediente donde se trabó el último embargo por si tiene movimiento y existe alguna orden de reinscripción pendiente que entre antes que tu operación.
Fijate bien que sea EMBARGO y no HIPOTECA porque el asunto allí cambia.