Hola, mi consulta es la siguiente: un señor iba a comprar un auto usado y un par de días antes de hacer el 08 muere un vendedor (se trataba de un bien ganancial y murió el marido), sí o sí habrá que hacer sucesión?, la esposa vendedora es muy viejita (90 años) y necesita el dinero. Ella tiene un poder general que le había dado el marido hace más de 20 años. LEs agradezco su respuesta, no manejo mucho el tema registral y menos de autos, gracias
Ofelia escribió:Hola, mi consulta es la siguiente: un señor iba a comprar un auto usado y un par de días antes de hacer el 08 muere un vendedor (se trataba de un bien ganancial y murió el marido), sí o sí habrá que hacer sucesión?, la esposa vendedora es muy viejita (90 años) y necesita el dinero. Ella tiene un poder general que le había dado el marido hace más de 20 años. LEs agradezco su respuesta, no manejo mucho el tema registral y menos de autos, gracias
Hola!, te comento, sí o sí para que puedan firmar el 08 y hacer la transferencia tenés que iniciar la sucesión y cuando tengas la declaratoria de herederos, recién ahí, todos los herederos, van a tener que hacer la transferencia.
Ojo, tenés firmado un boleto de compraventa por el auto??? porque si no tenés boleto obviamente no podés exigir la firma del 08.
Si tenés el boleto, hablá con los herederos y pediles que inicien la sucesión, bajo apercibimiento de iniciarla tu cliente (como acreedor del causante) a costa de los herederos. Si no, ofreceles encargarte de la sucesión (por lo menos en lo que refiere el auto), a cambio de que te disminuyan el valor de venta del bien (hacé un convenio de eso, complementario al boleto, porque si no te pueden exigir el precio del boleto).
Ah, respecto del poder, si no es un "poder especial irrevocable", no lo podés hacer valer luego de la muerte del poderdante, así que sí o sí precisás la sucesión.
Espero te sirva la respuesta.
Saludos!!, Natalia