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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #132133  por YAGI
 
Hola, ya consulte sobre este tema pero tengo muchas dudas, por eso lo panteo nuevamente, para lo q no leyeron lo anterior.
Les comento la consulta, una empleada de panaderia quiere dejar de trabajar debido al maltrato de su empleador.
Se niega rotundamente a continuar trabajando. Tiene justificadas las inasistencias hasta el martes por enfermedad.
Esta mal registrada la fecha de inicio de la relacion laboral, difiere en 5 años, en consecuencia siempre estuvo mal liquidada la antiguedad.
Estando vigente la relacion laboral, y dado que el maltrato es dificil de probar, considero que lo correcto seria intimar a que registre correctamente, y tambien intimar abone diferencias en antiguedad, aunque entiendo que solo puedo reclmar ese item en los ultimos 2 años, ya que el resto prescribio, no??
Dudas:
1- Dado que la trabajadora no quiere reintegrarse a su trabajo, no se me ocurre otra opcion que la retencion de tareas hasta tanto se registre correctamente y se abonen diferencias por antiguedad?
Es correcto retener tareas?? si no lo es que se les ocurre??
2- Es correcto el doble reclamo de injurias?? Me refiero al reclamo por antiguedad y a la registracion defectuosa bajo apercibimiento de despido.
3- Por otro lado al realizar el TCL debo consignar fecha de ingreso, categoria, horario y salario, el tema de salario me genera confusion, debo consignar el neto?, el bruto ( basico-antiguedad - presentismo) sin deducciones??
4- Otro tema es el horario, ya que en el recibo establecen 6 horas diarias, cuando la empleada trabaja 4 hs y media de martes a viernes y 11 hs los sabados y domingos con un intervalo al mediodia de 4 hs., , sumando la cantidad de hs y dividiendolo por los 6 dias daria un total de 6.6666hs.
De acuedo al convenio colectivo que rige al rubro 231/94, ( art 15) los dias que trabaja 11hs son considerados jornada partida , por los cuales debe pagarse un plus del 40 % del sueldo, lo q nunca le fue abonado.
El basico establecido para la categoria de esta sra. es de acuerdo a 7 horas diarias, entonces el empleador le paga un 25 % de esa suma, ya que considera 6 horas diarias ., es correcto??

Por lo que veran tengo muchas dudas, y el TCL deberia enviarlo el martes.
Espero que puedan orientarme un poco.
Gracias!!!
Última edición por YAGI el Dom, 30 Mar 2008, 02:41, editado 1 vez en total.

 #132240  por democritus
 
Yagi: a ver si puedo aportarte algo. Vayamos paso a paso (Mostaza Merlo Dixit):

En la intimación que hagás te conviene poner todas las causales de injuria laboral que existan: en tu caso, mala registración (pedí que la registren conforme real fecha de ingreso, categoría y salario percibido, indicá cuál es en la carta documento), y sumale los malos tratos. No importa que sea difícil de probar, es una realidad y yo lo incorporaría como objeto de recalmo. Por eso, intimaría a que cesen los malos tratos ultrajantes, o algo similar en función de cuáles sean esos maltratos.
Ahora: decís que tiene ausencias justificadas. ¿Se va a presentar el martes a trabajar? Si es así, por ahí te conviene que se presente y cto seguido mandarle la cd, pero eso es una cuestión estratégica. Ya que no quiere volver, podés mandarle la carta ya mismo, aunque tené cuidado, porque por ahí se cruzan y el empleador intima para que se presente a trabajar.
Respecto de la prescripción: como bien decís, solo podés reclamar los salarios de los últimos dos años, pero eso no quiere decir que no te tenga que registrar conforme la real fecha de ingreso. Así que intimá por la real. Y reclamale los salarios mal liquidados por antiguedad desde la fecha de reclamo a dos años hacia atrás.
Ahora vamos con las preguntas de los puntos
1. Podés retener tareas, pero no sé si te conviene, ya que como le pagan el salario, en lo personal dudaría de jugarme a si tiene causal suficiente para retener tareas. Si le debiera salarios, seguro que sí, pero por una diferencia de registración me parece mucho. Yo que vos intimaría y la mandaría el martes a laborar, si es que se le vence la licencia. Seguro que si se llevan mal no la van a dejar entrar, atento la intimación, y ahí podés intimar por negativa de tareas.
2. No entiendo bien a qué te referís con "doble reclamo de injurias": al estar mal registrada, eso le genera que la antiguedad no se la liquiden bien. Intimá las dos cosas. Va a tener que registrarte y en consecuencia pagar los salarios mal liquidados por esa razón. Obviamente cualquiera de las dos cosas que no haga es causal de despido, pero como no va a hacer ni la primera, tampoco la segunda.... supongo. Nunca se sabe.
3. Consigná el bruto sin deducciones, incorporando lo que está mal liquidado y también si por una de esas le abona en negro (supongo que por lo que decís no, y es solo mala registració de la fecha de ingreso). No hace falta que discrimines, poné todo, pero yo aclararía que es salario devengado, para que no se confunda con el realmente percibido, que es menor, ya que hay items que no se pagan o se pagan mal.
4. Tema del horario: si entendí bien, trabaja diferentes horas según los días. Algunas veces menos de las seis horas del recibo y otros más. ¿Se condice esto con lo que establece el convenio colectivo? Por lo que contás no, así que ahí habría otro reclamo maś para hacer. No te paga el %, hay otro plus para abonar.
Si tenés dudas sobre esto, probate de llamar a gremiales del sindicato, generalmente te contestan bien y la tienen muy clara con el tema de los salarios.
Desde ya, por favor, tomate esto como una opinión.
Suerte y cualquier duda volvé a postear.

 #132300  por Ros
 
hola: en mi opinion tendrias que hacerle entender a tu cliente que la unica manera de hacer las cosas bien y que se beneficie con la indemnizacion es que vaya a trabajar el martes y mandaria el tel. tambien. Vos no te preocupes explicale eso y si ella no va es su culpa y vos no tenes nada que ver. Pero consejo!!! hacele entender que se trata de una estrategia y que es la unica manera. Porque si no va , la pueden intimar por abandono de trabajo y solicitar que se incorpore. Esto tendria que hacer la empleadora intimar, pero sino sigue yendo corre el riezgo de que la despidan con causa y adios a las indemnizaciones. Y el fondo de desempleo y demas.- Un saludo y SUERTE. ponete firme !!! ja

 #132410  por YAGI
 
Bueno, les muestro el TCL, a ver q opinan. Espero que entre todo en el TCL..., no tuve otra opcion que retener tareas, si consigo convencer a mi cliente lo saco... Escucho opiniones!!! Gracias!!!!
Intimo plazo 30 dias registre debidamente el vinculo laboral, consignando mi real fecha de ingreso 01/12/2000, categoria laboral dependiente, con un horario de martes a domingos de 16.30 hs a 21 hs. y sabados y domingos tambien de 6.30 hs a 13 hs., con una remuneracion bruta mensual de $ 1075.-, y extienda los correspondientes recibos en legal forma y realice aportes previsionales y sindicales, todo ello bajo apercibimiento de considerarme injuriado, y despedido por su exclusiva culpa, y accionar judicialmente conforme leyes 20.744, 24.013, 25.345, 25.323, y sus modificatorias; y bajo apercibimiento de realizar las correspondientes denuncias ante la AFIP, ANSES, Ministerio de Trabajo y denuncia Penal Tributaria.
Por la presente se da cumplimiento con el art. 11 de la ley 24.013.-
Asimismo intimo plazo 48 hs abone diferencias salariales adeudadas en concepto de antiguedad, como asi tambien las diferencias por la jornada partida laborada los dias sabados y domingos, tal como lo establece el convenio colectivo que rige la actividad (convenio colectivo 231/1994), ambas diferencias debera abonarlas desde marzo del 2006 hasta la actualidad y en lo sucesivo.
Intimo cese el maltrato constante que profiere hacia mi persona durante el horario laboral con sus agresiones constantes, bajo apercibimiento de considerarme gravemente injuriada y despedida por su exclusiva culpa.
Dejo constancia que haciendo uso de la facultad que me otorga el articulo 1201 del Código Civil, me abstendré de prestar tareas hasta tanto se me abone las sumas adeudadas, acredite los aportes requeridos y comunique su voluntad de regularizar situación conforme todo lo solicitado.
A todo efecto legal constituyo domicilio en el Estudio Jurídico .....
Queda Ud. debidamente notificado

 #132458  por YAGI
 
Morgan!!!, Dal!!! estah ahi??

 #132479  por DAL
 
Yagui:

YO no soy partidaria de retener tareas, eso lo puede decidir tu cliente A SU PROPIO RIESGO. Yo no lo recomendaría.

En la carta, veo que ponés CATEGORÍA LABORAL DEPENDIENTE. Y eso como se come??????????????

Las categorías laborales son las que surgen del convenio colectivo y tienen que ver con las tareas. Si no estas seguro en que categoría lo tenes que encuadras al dependiente, describí sus tareas, pero asegurate que no este mal registrada en cuanto a esta categoría. Si esta bien registrada en categoría no toques el tema que no hace falta.
El tema de horarios lo veo confuso. YO pondría DE MARTES A VIERNES en tal horario y los SABADOS Y DOMINGOS en tal horario.
De la carta no surge si la empleada es NO REGISTRADA o DEFECTUOSAMENTE REGISTRADA.
Yo usualmente pongo lo que esta mal, cuando esta mal registrada, es decir: INTIMO A QUE ME REGISTRE EN MI VERDADERA CATEGORÍA DE VENDEDORA Y NO COMO PERSONAL DE MAESTRANZA.

REspecto a las agresiones, así como estan no significan nada. En este tema tenés que ser igual que un empleador redactando un telegrama de despido con causa. NO podés usar expresiones ambiguas, laxas, dudosas o genericas. Si vas a hacer referencia al maltrato, debés ser concreto, con circunstancias de tiempo y lugar, detalle de los hechos. Asi te sirve jurídicamente. De lo contrario no tiene mayor efecto.

Espero te sirva.
PD: no habras multiples hilos sobre el mismo tema!!!!! marea!!!!

 #132492  por YAGI
 
Gracias Dal!!, te comento lo de categoria dependiente surje del convenio colectivo, se denomina asi a la categoria del trabajador de panaderia que desempeña entre otras tareas la atencion en mostrador, surje tambien de los recibos.
se presta a confusion, pero es la categoria.
Yo tampoco estoy de acuerdo con retencion de tareas, pero no puedo obligar a mi cliente a trabajar, le explicare los riesgos y q ella decida...
y voy a aclarar mejor lo del horario y registracion defectuosa,y lo del maltrato.
Disculpa haber abierto 2 hilos, pero estaba desesperada por respuestas, y crei q plantarlo separado iba a ser mas facil para quienes no leyeron todo lo anterior.
Mil gracias!!!!

 #132597  por FRANSIXTO
 
Yo no retendria tareas. Pero tampoco esta mal. Despues de todo, para los jueces los intercambios son juegos de palabras. Podes poner "ante negativa de tareas" (sin fecha, osea no pongas "operada el" como erroneamente ponen algunos colegas). Al juez no le importa si en la ultima semana retuviste tareas, te las negaron, etc. Importa la relacion juridica principal: el trabajo en negro, la falsa categorizacion, etc..

Pero despues esta bien el TCL. Solo falta denunciar el Lugar de trabajo.

 #132822  por barney
 
DAL escribió:Yagui:

YO no soy partidaria de retener tareas, eso lo puede decidir tu cliente A SU PROPIO RIESGO. Yo no lo recomendaría.

En la carta, veo que ponés CATEGORÍA LABORAL DEPENDIENTE. Y eso como se come??????????????

Las categorías laborales son las que surgen del convenio colectivo y tienen que ver con las tareas. Si no estas seguro en que categoría lo tenes que encuadras al dependiente, describí sus tareas, pero asegurate que no este mal registrada en cuanto a esta categoría. Si esta bien registrada en categoría no toques el tema que no hace falta.
El tema de horarios lo veo confuso. YO pondría DE MARTES A VIERNES en tal horario y los SABADOS Y DOMINGOS en tal horario.
De la carta no surge si la empleada es NO REGISTRADA o DEFECTUOSAMENTE REGISTRADA.
Yo usualmente pongo lo que esta mal, cuando esta mal registrada, es decir: INTIMO A QUE ME REGISTRE EN MI VERDADERA CATEGORÍA DE VENDEDORA Y NO COMO PERSONAL DE MAESTRANZA.

REspecto a las agresiones, así como estan no significan nada. En este tema tenés que ser igual que un empleador redactando un telegrama de despido con causa. NO podés usar expresiones ambiguas, laxas, dudosas o genericas. Si vas a hacer referencia al maltrato, debés ser concreto, con circunstancias de tiempo y lugar, detalle de los hechos. Asi te sirve jurídicamente. De lo contrario no tiene mayor efecto.

Espero te sirva.
PD: no habras multiples hilos sobre el mismo tema!!!!! marea!!!!
Estoy de acuerdo en no retener tareas, y mas aun ponerlo por escrito en un intercambio telegrafico. Solo retendria tareas en caso de violar el empleador el deber de seguridad art 75 RCT
 #132970  por killingclarisa
 
YAGI:
TENDRÍAS QUE INTIMAR EN LOS TERMINOS DE LA LEY 24013 REGISTREN CORRECTAMENTE RELACIÓN LABORAL SEGUN REAL FECHA DE INGRESO, REAL SUELDO, REAL HORARIOD E TRABAJO, ETC, BAJO APERCIBIMIENTO ART. 9 Y 15 LEY 24013.-
SI TRABAJA MAS DE 48 HS SEMANALAS TENES QUE RECLAMAR HORAS EXTRAS ADEUDADAS EN FORMA RETROACTIVA (HASTA DOS AÑOS)

ASIMISMO DENUNCIAS EN EL MISMO TELEGRAMA LA SITUACIÓN DE MALTRATO (ACOSO LOBORAL) E INTIMAS SU CESE BAJO APERCIBIMIENTO DE HACERLA CIVILMENTE RESPONSABLE POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS. (PODES PEDIR INDEMNIZACIÓN POR DAÑO MORAL)

SI TU CLIENTA NO QUIERE IR MAS A TRABAJAR "DEJAS CONSTANCIA EN EL TELEGRAMA QUE "HACE RETENCIÓN DE TAREAS HASTA TANTO EL EMPLEADOR CUMPLA CON LAS INTIMACIONES EFECTUADAS".

SUERTE

CLARISA

 #136041  por YAGI
 
Les comento finalmente se envio TCL, sin retencion de tareas, ya que continuo en licencia por enfermedad, la respuesta del empleador fue negar todas las causales de injuria invocadas.
Ahora, se puede considerar despedida, y reclamar todos los rubros indemnizatorios.
Algun consejo o recaudo q consideren???
GRacias!!!

 #136052  por Rafaela
 
Hola Yagui!!!
Si te gusta la sugerencia, en lo personal suelo considerar a la trabajadora gravemente injuriada y despedida y enumerar los rubros reclamados (sac proporcional, vacaciones proporcionales, indemnización por antiguedad, indemnización agravada por enfermedad -el distraco se va a producir estando la trabajadora enferma no?-, etc) y poner "Y todo otro rubro e indemnización que corresponda según la legislación vigente y las circunstancias del caso y que se omitan en la presente". Esto te deja la puerta abierta a cualquier rubro que te "comas" al reclamar e inclusive a la indemnización por Mobbing, como te sugirió reclamar por allí una colega, en caso que la quieras plantear. Mucha suerte con tu reclamo! Contanos como sigue. Besos.